
Los Intérpretes Jurados.
Reglamento de la Carrera de Intérpretes. Capítulo X.
Capítulo X.
De los Intérpretes Jurados.
Artículo 48.
El nombramiento de Intérpretes jurados que sean necesarios en las provincias, continuará expidiéndose por el Ministerio de Estado.
Artículo 49.
El nombramiento de Intérprete jurado se solicitará por conducto del Gobernador de la provincia en que pretenda ejercerse el cargo, acompañando informe de esta Autoridad sobre la necesidad de Intérprete, y los documentos que prueben que el solicitante es español, mayor de edad y que goza de buena reputación.
En vista de dichos datos, el Ministerio expedirá el nombramiento, previo examen, por la Interpretación de Lenguas, de los idiomas para cuya versión desea ser autorizado el solicitante.
Artículo 50.
Obtenido su nombramiento, prestará juramento ante el Gobernador respectivo de ejercer fielmente y en conciencia su profesión; y no podrá cobrar por las traducciones que expida otros derechos que los señalados en la tarifa vigente en la Interpretación central, quedando siempre sus traducciones sujetas, si los interesados, Tribunales o Autoridades lo exigiesen, a la revisión de dicha dependencia.
Los Intérpretes jurados no pertenecen a la Carrera de Intérpretes, y su profesión quedará siendo distinta de la de Intérpretes de Puerto o Sanidad y de la de Intérpretes periciales que los Tribunales u otras Autoridades elijan en ocasiones dadas y en puntos donde no exista Intérprete jurado, o en que existiendo no pudiera éste traducir verbalmente el idioma que se exigiere.
Dado en Palacio a veintitrés de Julio de mil ochocientos ochenta y tres.
-ALFONSO. -El Ministro de Estado, Antonio Aguilar y Correa.
Reglamento de la Carrera de Intérpretes.
- Capítulo I. De la organización del Cuerpo de Intérpretes.
- Capítulo II. Del ingreso y ascenso de los empleados de la Carrera de Intérprete.
- Capítulo III. De las funciones de los intérpretes.
- Capítulo IV. Del término para tomar posesión de los destinos y de los viáticos.
- Capítulo V. De las licencias.
- Capítulo VI. De las correcciones disciplinarias y de los procedimientos gubernativos y judiciales.
- Capítulo VII. De las cesantías, jubilaciones y derechos pasivos de los empleados de la Carrera de Intérpretes.
- Capítulo VIII. De los escalafones de la Carrera de Intérpretes.
- Capítulo IX. De las condecoraciones.
- Capítulo X. De los Intérpretes Jurados.
-
7441
Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
Citas Célebres
Ser varón, es una cuestión de nacimiento, ser hombre es una cuestión de edad, pero ser un caballero es una cuestión de elección.
Vin Diesel
-
El Sacerdote es hombre público y más cuando ejerce sus ministerios.
-
Capilla pública del Real Palacio. Se observa el mismo ceremonial que para todas las Capillas públicas del Real Palacio.
-
Distribución de invitados en la mesa en varias celebraciones, recpciones y banquetes.
-
Cancillería. verdadero nombre de las comunicaciones diplomáticas, son oficiales y confidenciales, y se designa con este nombre toda comunicación cambiada entre el Ministerio de Negocios extranjeros de un país y los Jefes de Misión residentes en é
-
Lo que particularmente le incumbe a un gobierno es proteger a los ministros diplomáticos contra las demasías de los agentes subalternos de la administración...
-
Señor Secretario de las Órdenes. Rectificación de nombres.
-
Discurso de Monseñor Locatelli en la ceremonia de imposición de las Birretas Cardenalicias en la Real Capilla.
-
Modelo Despacho. Acusar recibo de una Real Orden anunciando y recomendado una Comisión oficial.
-
Ceremonial que se observa en la Corte de Italia
-
La diplomacia es una de las artes más antiguas del mundo. Existen pruebas de que en la antigua India, China y Egipto se practicaba rudimentariamente .
-
En la Iglesia se prevendrán de antemano todos los asientos que debe ocupar la comitiva de S. M.
-
Reglamento de la Carrera de Intérpretes. Capítulo III.