Escalafones de la Carrera de Intérpretes.
Reglamento de la Carrera de Intérpretes. Capítulo VIII.
Capítulo VIII.
De los escalafones de la Carrera de Intérpretes.
Artículo 42.
Los escalafones de la Carrera de Intérpretes se publicarán todos los años en la última quincena del mes de Enero. En ellos figurarán, por categorías y antigüedad, los empleados que se hallen en activo servicio y los cesantes aptos para volver al mismo.
Artículo 43.
Los escalafones se formarán colocando en ellos, por rigurosa antigüedad, a los funcionarios de cada una de las diversas categorías.
La antigüedad se computará por la fecha del nombramiento, siempre que el empleado haya tomado posesión de su destino en el término legal.
En el caso de igualdad en la fecha del nombramiento de dos o más empleados, se dará el primer puesto a aquel que tenga mayor antigüedad de servicios en la Carrera; y si en esto también son iguales, la precedencia se determinará por la mayor edad.
Artículo 44.
Los empleados de la Carrera de Intérpretes que hallándose cesantes han aceptado destinos en otras carreras de la Administración, tienen derecho a conservar el puesto que les corresponde por su antigüedad en el escalafón. Pero si no aceptasen el destino que les fuere ofrecido, serán dados de baja definitivamente, suponiéndose que optan por la otra Carrera en que han entrado.
Los que hagan renuncia de su destino por conveniencia propia, quedarán cesantes, y trascurridos dos años se les dará definitivamente de baja, si no han solicitado en el intervalo ingresar de nuevo en la Carrera.
Reglamento de la Carrera de Intérpretes.
- Capítulo I. De la organización del Cuerpo de Intérpretes.
- Capítulo II. Del ingreso y ascenso de los empleados de la Carrera de Intérprete.
- Capítulo III. De las funciones de los intérpretes.
- Capítulo IV. Del término para tomar posesión de los destinos y de los viáticos.
- Capítulo V. De las licencias.
- Capítulo VI. De las correcciones disciplinarias y de los procedimientos gubernativos y judiciales.
- Capítulo VII. De las cesantías, jubilaciones y derechos pasivos de los empleados de la Carrera de Intérpretes.
- Capítulo VIII. De los escalafones de la Carrera de Intérpretes.
- Capítulo IX. De las condecoraciones.
- Capítulo X. De los Intérpretes Jurados.
-
7437
Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Registro especial para los exhortos.
-
Carta de Cancillería. Notifica el nacimiento de la Serma. Sra. Princesa de Asturias al Emperador de Austria.
-
Nota publicada en la Gacela de Madrid 27 de Noviembre de 1885.
-
Presentación de Cartas Credenciales a S.M.I. el Sultán de Constantinopla.
-
Funciones de los agentes diplomáticos en sus relaciones con el Estado cerca del cual están acreditados. Negociaciones. En tiempo de paz. A presencia de una posible eventualidad de rompimiento...
-
Ceremonial de presentación de S.M. ante las Comisiones Oficiales que asistieron al feliz acontecimiento.
-
Acta de la sesión celebrada en Tánger el primero de mayo de 1881.
-
Dirección General del Tesoro Público. Ordenación general de pagos al Estado.
-
Por orden alfabético. Registro de condecoraciones.
-
Nota del Secretario de la Legación de Bélgica.
-
Participar el fallecimiento de una persona Real a las Cortes mediante una carta.
-
España, movimiento mercantil con otras naciones. Tarifas, movimiento comercial y régimen colonial