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Condecoraciones Marina Guerra. República Dominicana.

Todo reconocimiento honorífico, ya sea medalla, cruz, placa o escudo que sea concedido por el Gobierno de la Republica, Gobiernos Extranjeros e Instituciones Oficiales, Nacionales o Extranjeras.

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Condecoraciones.

Se entenderá en este reglamento por condecoraciones, todo reconocimiento honorífico, ya sea medalla, cruz, placa o escudo que sea concedido por el Gobierno de la Republica, Gobiernos Extranjeros e Instituciones Oficiales, Nacionales o Extranjeras.

La Republica Dominicana tiene las siguientes condecoraciones con ese mismo orden de precedencia:

CIVILES:

1. Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella.

2. Orden Heráldica de Cristóbal Colón.

MILITARES:

1. Orden del Heroísmo Capitán General Santana.

2. Orden del Mérito Naval con Medalla de Valor.

3. Orden del Mérito Naval con Medalla de Honor.

4. Orden del Mérito Naval con Medalla de Servicio Distinguido.

5. Orden del Mérito Naval con Medalla de Mérito Naval.

Las condecoraciones civiles tienen diferentes grados, entre los cuales son los más generales aceptados los siguientes:

COLLAR:

Otorgada generalmente a los Jefes de Estado, y consta como su nombre lo indica, de un collar con la medalla de la orden pendiendo de él. Las especificaciones del collar serán dadas en la ley que crea la orden.

GRAN CRUZ:

Consta de una larga cinta que se usa cruzando el pecho desde el hombro derecho hacia la izquierda; del extremo de ésta penderá una medalla de la orden. Tiene también una placa con la misma insignia, que se usa generalmente en el lado izquierda del pecho. Esta placa puede ser de oro o plata. En ceremonias oficiales a las cuales comparezca un soberano Jefe de Estado, la cinta de esta condecoración debe colocarse por encima del chaleco y por debajo de esa pieza en los demás casos.

GRAN OFICIAL:

Consta de una cinta que se amarra del cuello como corbata y que tiene pendiente en su centro la medalla de la orden. Cuenta además con la placa con las insignias que se coloca generalmente del lado izquierdo del pecho.

COMENDADOR:

Consta de una cinta en forma de corbata como la anterior, con su correspondiente medalla pero sin placa.

CABALLERO:

Consta de una medalla tipo de la anterior con igual cinta, pero sin roseta.

Las insignias de los grados Gran Cruz, Gran Oficial y Comendador, en tamaño natural sólo se usarán con el Gala Naval, Uniforme A, para los otros grados y condecoraciones se usarán de este traje las medallas en miniaturas.

Otros puntos de interés son:

  • En las comidas diplomáticas se usan solamente las placas.
  • Los que poseen una Gran Cruz, sólo llevan la placa cuando asisten a la casa de un subalterno en categoría. Esta regla se exceptúa si es invitado un Jefe de Estado en cuyo caso deben usarse ambas insignias aunque la categoría del oferente fuese menor.
  • La insignia de Caballero no se lleva nunca con Gala Naval, Uniforme A, se le reemplaza con la miniatura.
  • El ascenso a la misma orden significa lógicamente la anulación del grado anterior. Vale pues decir que el uso de esta insignia queda prescrito.
  • Una elemental cortesía aconseja a los diplomáticos a no llevar insignias de mayor jerarquía de sus superiores.

 

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