![Logo Protocolo y Etiqueta](https://www.protocolo.org/extra/desimg/xcombined_proto_logo_idx_462x60.png.pagespeed.ic.5ZOHUrny0M.png)
Nombramientos del personal diplomático.
Los nombramientos se pueden hacer por Real Decreto, por Real Orden o por Orden Ministerial.
Nombramientos.
Como ya hemos visto, los nombramientos de Secretario de primera clase, de Ministros Residentes y Plenipotenciarios y los de Embajador, se hacen por Real decreto, que luego se traslada al interesado, Ordenador de pagos y a la Legación interesada.
Los traslados se ponen a la firma del Ministro.
Los nombramientos de Agregados, terceros Secretarios y segundos, se hacen de Real orden; los traslados los firma también el Ministro.
Los nombramientos de empleados civiles se hacen, según la Ley general, por Real decreto los que tienen de sueldo desde 6.000 pesetas anuales en adelante, por Real orden desde 1.500 hasta 5.500, y de orden ministerial de 1.500 pesetas para abajo.
Los Reales despachos que se expiden a todos los nombrados por decreto (desde 7.500 pesetas en adelante), se ponen a la firma de S. M., con su correspondiente carpeta, en la que se indica que se firman de estampilla, Yo el Rey, y después los refrenda el Ministro.
Los títulos que son necesarios a todos los que tienen sueldo del Estado (hasta 5.000 pesetas anuales), los firma el Ministro.
Las dos copias de los Reales despachos y de los títulos, así como las posesiones y los ceses que se anotan en los mismos, las firma el Subsecretario.
-
7257
Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Decreto declarando las exenciones concedidas a los Ministros y Agentes Diplomáticos extranjeros em el Perú.
-
Capítulo IX, del reglamento de la Carrera Diplomática.
-
Etiqueta y ceremonial que se observa en la República Francesa en el ámbito diplomático.
-
Modelo de certificado de revista de una huérfana o de una viuda.
-
Modelo de certificado de pobreza expedido por un Cónsul.
-
Carta de Cancillería. Notifica el nacimiento de la Serma. Sra. Princesa de Asturias al Emperador de Austria.
-
Etiqueta que la Corte de Austria observa con el Cuerpo Diplomático. Ceremonial de Austria.
-
En el Registro de Cartas Reales que empieza en el año 1819, se observa que todas las Cartas de Cancillería, Credenciales, Plenipotencias y de Gabinete, están refrendadas por el señor Ministro de Estado
-
Reglamento. Registro de nacionalidad de los españoles domiciliados y transeúntes en el extranjero, conforme a la nueva Ley de Registro Civil.
-
Certificado de nacionalidad.Modelo número 3.
-
Nota solicitando una audiencia del Presidente de una República para entregarle una carta de S.M. el Rey.
-
Cartas de SS.MM. los Reyes y del Ministro de Estado a Su Santidad.