
Honores, uniformes y condecoraciones de los empleados de la Carrera Consular.
Capítulo noveno, del Reglamento de la Carrera Consular. De los honores, uniformes y condecoraciones de los empleados de la Carrera Consular.
Reglamento de la Carrera Consular.
Capítulo IX.
De los honores, uniformes y condecoraciones de los empleados de la Carrera Consular.
Artículo 67.
Los funcionarios de la primera y segunda categoría de la Carrera Consular tendrán el tratamiento de Señoría, salvo el superior que por otros conceptos pudiera corresponderles.
En las relaciones oficiales no dará el funcionario superior al inferior otro tratamiento que el que disfrute por su cargo.
Artículo 68.
Los empleados que se hallen al frente de una Agencia consular están obligados a tener el uniforme de la Carrera, con arreglo al modelo aprobado, debiendo cada uno atenerse estrictamente al de su categoría.
Artículo 69.
Como premio de los servicios prestados ffn la Carrera, sólo podrán concederse condecoraciones a los empleados consulares en la forma siguiente: los Cónsules generales podrán obtener Grandes Cruces; los Cónsules de primera clase, Encomiendas de número; los de segunda clase, Encomiendas ordinarias, y los Vicecónsules la Cruz de Caballero.
Artículo 70.
Los empleados no podrán usar una condecoración extranjera sin hallarse debidamente autorizados por la Superioridad.
Para conceder esta autorización se asimilarán los grados de las condecoraciones extranjeras con las nacionales, y se tendrán en cuenta las disposiciones del artículo que precede.
Artículo 71.
Si algún empleado consular hubiere obtenido anteriormente condecoraciones superiores a las que por su grado le corresponden, sólo podrá usarlas en caso de tenerlas sus Jefes inmediatos.
- Capítulo I. Los empleados consulares en general.
- Capítulo II. Funciones de los empleados consulares.
- Capítulo III. Ingreso de los empleados en la Carrera Consular.
- Capítulo IV. Toma de posesión de los destinos y de los viáticos.
- Capítulo V. Las licencias de los empleados consulares.
- Capítulo VI. Correcciones disciplinarias y procedimientos gubernativos y judiciales.
- Capítulo VII. Cesantías, jubilaciones y derechos pasivos de los empleados consulares.
- Capítulo VIII. Escalafones de la Carrera Consular.
- Capítulo IX. Honores, uniformes y condecoraciones de los empleados de la Carrera Consular.
-
7342
Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Plano de la iglesia y colocación de los invitados el día de la boda del Príncipe heredero de Portugal.
-
Acta de nacimiento del Rey. Invitados a concurrir a la Real Cámara.
-
De los agentes diplomáticos do primera clase. Embajadores. Legados "a latere". Nuncios apostólicos. Condiciones para la admisión de los Nuncios. Actuales atribuciones jurisdiccionales de la Nunciatura. Del carácter representativo de los Ministros
-
Formulario abreviado de Cartas Reales.
-
Comunicación de ascenso a Secretario de primera clase de una Legación de España en un determinado país.
-
De los Cónsules. Origen de la institución consular. ¿Son considerados los cónsules como Ministros públicos y gozan de las inmunidades diplomáticas? Opiniones de los publicistas...
-
Funciones de los agentes diplomáticos en sus relaciones con el Estado cerca del cual están acreditados. Negociaciones. En tiempo de paz. A presencia de una posible eventualidad de rompimiento...
-
Discurso del Barón de Breteuil, Embajador de Francia, al Emperador José II el 19 de Febrero de 1775.
-
Formulario abreviado de Cartas Reales.
-
Señor Secretario de las Órdenes. Rectificación de nombres.
-
Sólo podrán concederse honores de la categoría superior inmediata al tiempo de la jubilación, como recompensa de los buenos servicios y merecimientos del interesado.
-
Recibo de Collar de Carlos III, que debe firmar el Jefe de la casa del Monarca o Príncipe que lo recibe.