Cesantías, jubilaciones y derechos pasivos de los empleados consulares.
Capítulo séptimo, del Reglamento de la Carrera Consular. De las cesantías, jubilaciones y derechos pasivos de los empleados consulares.

Reglamento de la Carrera Consular.
Capítulo VII.
De las cesantías, jubilaciones y derechos pasivos de los empleados consulares.
Artículo 60.
El Gobierno podrá jubilar, con arreglo a las leyes comunes, a los empleados consulares cuando se hallen completamente inútiles o hayan cumplido la edad de sesenta y cinco años.
Los que hayan cumplido sesenta años o justifiquen su incapacidad física, podrán ser jubilados a su instancia.
Artículo 61.
Se considerará como tiempo de servicios el que los empleados consulares empleen en su traslación de un destino a otro, o al cesar definitivamente en sus cargos, siempre que no exceda del marcado en la tabla a que se refiere el artículo 43.
Artículo 62.
Los empleados consulares que sirvan en América, Asia, África y Oceanía, tendrán derecho, con arreglo al artículo 5.° de las disposiciones generales de la Ley, a que se les abone para su jubilación una tercera parte más del tiempo que hubieren servido en aquellos países, descontadas las comisiones y licencias.
- Capítulo I. Los empleados consulares en general.
- Capítulo II. Funciones de los empleados consulares.
- Capítulo III. Ingreso de los empleados en la Carrera Consular.
- Capítulo IV. Toma de posesión de los destinos y de los viáticos.
- Capítulo V. Las licencias de los empleados consulares.
- Capítulo VI. Correcciones disciplinarias y procedimientos gubernativos y judiciales.
- Capítulo VII. Cesantías, jubilaciones y derechos pasivos de los empleados consulares.
- Capítulo VIII. Escalafones de la Carrera Consular.
- Capítulo IX. Honores, uniformes y condecoraciones de los empleados de la Carrera Consular.
-
7337

Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Comunicado para dar las gracias en nombre de S.M. a las Embajadas, Legaciones y Consulados de España, así como a las Corporaciones.
-
Firma a la conformidad de las ratificaciones expuestas por los países en sus correspondientes términos.
-
Inmunidades de las personas que componen la familia y la comitiva de los agentes diplomáticos. Jurisdicción que sobre ellos ejerce el Ministro. En lo civil. En lo lo criminal. Sus restricciones...
-
Agradecimiento por el nombramiento y aceptación con gratitud de este ofrecimiento.
-
Ceremonial por el fallecimiento del Papa Pío IX.
-
Circular recomendando a las autoridades peruanas el respeto a los derechos de los extranjeros, a fin de evitar las reclamaciones diplomáticas.
-
Registro especial para los exhortos.
-
Nota, en frebcés, pidiendo se reconozca el traslado de un Cónsul.
-
Notas en que constan los nombres, títulos y condecoraciones de los Representantes extranjeros que han de asistir á la ceremonia de la presentación del Rey ó Infanta que dé á luz S. M. la Reina Regente.
-
Nombramiento y funciones de los Cónsules argentinos.
-
Ministerio de Estado. Aranceles Consulares.
-
Decreto concediendo Grandes Cruces de Isabel la Católica, una de ellas libre de gastos, a españoles.