
Decreto 1380, julio 15 de 1980. Premio a la creatividad. Distinción honorífica empleados municipales.
Municipio de Santiago de Cali. Decreto 1380, julio 15 de 1980. Premio a la creatividad. Distinción honorífica empleados municipales.
"Por medio del cual se crea una distinción honorífica para empleados municipales"
El Alcalde de Santiago de Cali, en uso de sus atribuciones legales y,
CONSIDERANDO:
Que entre los empleados y trabajadores del Municipio de Santiago de Cali, existen personas cuya creatividad en el ejercicio de sus funciones sirve de estímulo para los compañeros de trabajo y promueve un ambiente de mística, de entusiasmo y de eficiencia en la Administración.
Que el gobierno Municipal en su política de desarrollo de la persona humana desea fomentar esta cualidad intrínseca del ser humano que tiende a perderse en la rutina del trabajo diario.
DECRETA:
Artículo primero.
Créase la distinción honorífica PREMIO A LA CREATIVIDAD el cual será otorgado mediante Nota de Estilo al empleado Municipal que más se haya distinguido por sus realizaciones Creativas, en beneficio de la Administración o la comunidad.
Artículo segundo.
La entrega de dicha mención se hará en ceremonia especial que se efectuará el día 25 de julio de cada año, aniversario de la fundación de la ciudad de Cali.
Artículo tercero.
Este decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.- Dado en Santiago de Cali, a los 15 días del mes de julio de mil novecientos ochenta.
(Fdo. Rodrigo Escobar Navia, Alcalde.)
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Concejo de Santiago de Cali. Acuerdo 038, mayo 10 de 1999. Uso de símbolos municipales en actos colectivos públicos y privados.
-
Congreso Nacional. Ley 136, junio 2 de 1994. Alcalde. Funciones.
-
Las condecoraciones e insignias más importantes concedidas por la ciudad de Santiago de Cali, Colombia.
-
La presentación del manual.
-
República de Colombia. Constitución Nacional. Del Régimen Municipal.
-
Documento oficial, acta en la que se nombre Alcalde Cívico a una persona.
-
Documentos de la Administración Municipal. Carta protocolaria del Alcalde.
-
Actividades y ceremonias protocolarias de carácter permanente. Actos conmemorativos del 20 de julio.
-
Documentos del Reglamento del Protocolo. Texto diploma oficial de Hijo/Hija Adoptivo/Adoptiva.
-
Documentos del Reglamento del Protocolo. Libro de firmas. Diligencia de páginas interiores.
-
Actividades protocolarias de carácter especial. Audiencias. Ofrendas florales.
-
Diploma que se entrega a al poseedor de la Orden Sebastián de Belalcázar.