Decreto 770, de 1982. Reglamento de Protocolo y Ceremonial de la Presidencia de la República. Parte V.
Actividades y ceremonias protocolarias de carácter permanente. Saludo Fin de Año. Ceremonias Militares. Femérides nacionales y aniversarios extranjeros.

Artículo 7º.
Saludo de fin de año al pueblo colombiano.
Cada año, con motivo de las festividades de Navidad y Año Nuevo, el señor Presidente de la República, dirigirá un saludo especial sal pueblo colombiano, cuya coordinación y difusión nacional estará a cargo de la Secretaría de Información y Prensa de la Presidencia.
Artículo 8º.
Ceremonias militares.
Tradicionalmente, el señor Presidente de la República asiste cada año a las siguientes ceremonias militares:
1. Ascenso de oficiales generales y de insignia.
2. Graduación de oficiales de las escuelas de formación, clausura de cursos en la Escuela Superior de Guerra y en la Academia Superior de Policía.
3. Desfile Militar del 20 de julio.
4. Aniversario del Batallón Guardia Presidencial el día 16 de agosto.
5. Efemérides de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
Las normas protocolarias que rigen para estas ceremonias, se encuentran contempladas en el Reglamento de Protocolo y Ceremonial Militar.
Artículo 9º.
Efemérides nacionales y Aniversarios extranjeros.
a. El Gobierno Nacional exaltará por intermedio de sus distintos organismos la conmemoración de sus Efemérides nacionales, asociándose a la celebración de hechos que conforman el patrimonio histórico de la Nación.
b. En la misma forma el Gobierno colombiano rendirá un tributo de admiración y respeto a las naciones amigas que tengan representación diplomática en el país el día de su Fiesta Nacional, enviando al jefe de misión un saludo de felicitación. Esta función será coordinada por la Casa Militar de la presidencia.
- 1. Decreto 770, de 1982. Parte I.
- 2. Decreto 770, de 1982. Parte II.
- 3. Decreto 770, de 1982. Parte III.
- 4. Decreto 770, de 1982. Parte IV.
- 5. Decreto 770, de 1982. Parte V.
- 6. Decreto 770, de 1982. Parte VI.
- 7. Decreto 770, de 1982. Parte VII.
- 8. Decreto 770, de 1982. Parte VIII.
- 9. Decreto 770, de 1982. Parte IX.
- 10. Decreto 770, de 1982. Parte X.
- 11. Decreto 770, de 1982. Parte XI.
- 12. Decreto 770, de 1982. Parte XII.
- 13. Decreto 770, de 1982. Parte XIII.
- 14. Decreto 770, de 1982. Parte XIV.
- 15. Decreto 770, de 1982. Parte XV.
- 16. Decreto 770, de 1982. Parte XVI.
- 17. Decreto 770, de 1982. Parte XVII.
- 18. Decreto 770, de 1982. Parte XVIII.
- 19. Decreto 770, de 1982. Parte XIX.
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Municipio Santiago de Cali. Decreto 329, Julio 27 de 1965. Medalla al Mérito Cívico. Reglamento.
-
Documento de la Administración Municipal. Invitación oficial en la que invitan dos instituciones juntas, la Alcaldía y la Universidad del Valle.
-
Municipio de Santiago de Cali. Decreto 1112, junio 25 de 1981. Celebración solemne del día 3 de julio.
-
Documentos del Reglamento del Protocolo. Diligencia de cierre de un libro de firmas.
-
Documentos del Reglamento del Protocolo. Texto diploma oficial de Hijo/Hija Predilecto/Predilecta.
-
Loa alcaldes de ambas ciudades suscriben un compromiso de hermanamiento.
-
Normas generales de protocolo. Viajes del Señor Presidente. Viajes al exterior. Viajes dentro del territorio nacional.
-
Relación de bibliografía consultada para la elaboración del Manual de Protocolo de la ciudad de Santiago de Cali
-
Documento de la Administración Municipal. Carta oficial con logo de campaña en adhesivo.
-
Documento de aprobación de proposición de concesión de la Orden Sebastián Belalcázar.
-
Congreso Nacional. Ley 136, junio 2 de 1994. Reemplazos. Prohibiciones. Funciones.
-
Carta de comunicación al interesado de la concesión de la Medalla al Mérito Civil Santiago Cali.




