
Sección de Comercio.
Ministerio de Estado. Sección de Comercio. Negocios mercantiles y tráfico internacional.
SECCIÓN DE COMERCIO.
"L'histoire du commerce est celle de la communication des peuples". (MONTESQUIEU.)
La Sección de Comercio del Ministerio de Estado entiende en todo lo que se refiere a negocios mercantiles, tráfico internacional y en cuanto concierne a la industria, con relación al extranjero.
Debe preparar y redactar los Tratados y Convenios de Comercio, Navegación, Pesca, Sanidad, Beneficencia, Correos, Telégrafos y Consulados.
Interviene en los nombramientos de los Cónsules extranjeros en España para la expedición del correspondiente exequátur, y en todo lo que se contrae al ejercicio de la jurisdicción consular, tanto en materia civil y comercial, como en lo criminal y en los demás derechos y atribuciones de los Cónsules.
Tiene que informar acerca de las disposiciones generales que se adopten en materia de Aduanas y del Comercio en general, por los demás Ministerios, así como sobre las Exposiciones Universales, bien sean de Artes o de Industria.
Debe revisar y publicar las Memorias que envían los Cónsules de España, y cuidar de la formación de los datos estadísticos que afectan a la navegación y al desarrollo del tráfico internacional; y en general, a todo lo que es referente a los Ministerios de Hacienda y de Gobernación o de sus respectivas dependencias.
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