Modelo 1. Registro de españoles presentados en los Consulados y Viceconsulados en el extranjero.
Resgistro de los españoles presentados en los Consulados y Viceconsulados de S.M. en el extranjero. Modelo 1.

Modelo número 1.
Resgistro de los españoles presentados en los Consulados y Viceconsulados de S.M. en el extranjero.
Ver modelo número 1 original en formato pdf.
Texto del modelo número 1.
Nombres:
- Cabeza o jefe de familia.
- Individuos de la misma.
Naturaleza:
- Pueblo.
- Provincia.
Edad.
Vecindad en España:
- Pueblo.
- Provincia.
Profesión.
Estado.
Residencia en el país:
- Fecha.
- Pueblo.
- Provincia.
Pasaporte:
- Autoridad que lo expidió.
- Número y fecha.
Fecha de la presentación.
Observaciones.
Documentos Relacionados
-
11137

Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Discurso, en francés, de un Embajador de España al Presidente de la República Francesa.
-
Participar el fallecimiento de una persona Real a las Cortes mediante una carta.
-
Real Orden devolviendo una insignia a la Secretaría de las Órdenes.
-
Felicitación por el feliz alumbramiento, extendiendo la felicitación a toda la familia.
-
Capítulo primero del Reglamento de la Carrera Consular. De los empleados consulares en general.
-
Tratados de amistad, de comercio y navegación, de reconocimiento...
-
Plano de la iglesia y colocación de los invitados el día de la boda del Príncipe heredero de Portugal.
-
Ninguna ni algunas personas puedan poner ni pongan coroneles en los dichos sellos ni reposteros, ni en otra parte alguna donde hubiese armas, excepto los Duques, Marqueses y Condes.
-
Reforma al Tratado IV de las Ordenanzas generales de 1793.
-
La Real orden circular sobre quintas, de 29 de Enero de 1879, previene la obligación que tienen todos los españoles residentes en el extranjero de hacerse inscribir, al cumplir diez y ocho años.
-
Formulario abreviado de Cartas Reales.
-
Nombramiento de Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario en un determinado país.
