Logo Protocolo y Etiqueta

Real Decreto 1511/1977, Tí­tulo IV - XIV - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivo

Tipos y usos de los distintivos - Regla Número 1

Se lee en 2 minutos.

Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Banderas y Estandartes. Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero

CAPÍTULO III

Regla Número 1

Tipos y usos de los distintivos

1. Tipos

Tipos
Tipos. Tipos

2. Usos

2.1. En lugar de éstos podrá usarse la insignia -en los vehículos oficiales-, con el mismo tamaño, en actos oficiales dentro de su jurisdicción.

2.2. Tamaños.

Tamaños
Tamaños. Tamaños

2.3. Queda restringido el uso de los distintivos solamente para Actos Oficiales de Representación, suprimiéndose su uso habitual para todos aquellos sin esta especial característica.

3. Confección

De tejido fuerte de lanilla o fibras artificiales. Los tintes de los colores serán inalterables, en los dibujos o estampados de los escudos, emblemas, estrellas y roeles, por ambas caras. También pueden ser confeccionados con sobrepuestos. En aeronaves y vehículos, los del número 4, podrán ser metálicos.

Parte I Parte II Parte III Parte IV Parte V Parte VI
Parte VII Parte VIII Parte IX Parte X Parte XI Parte XII
Parte XIII Parte XIV        

 

Su opinión es importante.

Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.

Contenido Relacionado