Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero. Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Dado el tiempo transcurrido desde la aprobación por Decreto de once de octubre de mil novecientos cuarenta y cinco del Reglamento de Banderas, Insignias y Distintivos y la necesidad de su actualización...
Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero
Dado el tiempo transcurrido desde la aprobación por Decreto de once de octubre de mil novecientos cuarenta y cinco del Reglamento de Banderas, Insignias y Distintivos y la necesidad de su actualización ante las nuevas circunstancias, autoridades y organización, se hace precisa la aprobación de un nuevo Reglamento relativo a Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos.
En su virtud, a propuesta del Ministro de la Presidencia del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiuno de enero de mil novecientos setenta y siete,
DISPONGO:
Artículo primero
Se aprueba el adjunto Reglamento de Banderas y Estandarte, Guiones, Insignias y Distintivos.
Artículo segundo
Se derogan las siguientes disposiciones:
- Decreto de 2 de febrero de mil novecientos treinta y ocho («Boletín Oficial del Estado» número cuatrocientos setenta, del tres de febrero de mil novecientos treinta y ocho).
- Orden de dos de febrero de mil novecientos treinta y ocho («Boletín Oficial del Estado» número cuatrocientos setenta y nueve, del doce de febrero de mil novecientos treinta y ocho).
- Decreto de once de octubre de mil novecientos cuarenta y cinco («Boletín Oficial del Estado» número doscientos ochenta y cinco, del doce de octubre de mil novecientos cuarenta y cinco).
- Decreto ochocientos catorce/mil novecientos setenta y uno, de veintidós de abril de mil novecientos setenta y uno («Boletín Oficial del Estado» número noventa y nueve, de veintiséis de abril de mil novecientos setenta y uno), y todas aquellas disposiciones que se opongan al presente Real Decreto.
REGLAMENTO DE BANDERAS Y ESTANDARTES, GUIONES, INSIGNIAS Y DISTINTIVOS
TÍTULO I
Banderas y estandartes
Regla número 1
Bandera Nacional
1. Descripción
La bandera nacional es la compuesta por tres franjas horizontales, roja, gualda y roja, la gualda de doble anchura que las rojas.
2. Medidas
Largo de la bandera: 3/2 de a.
Ancho de la bandera: a. Dividido en tres franjas 1/4 -roja-, 1/2 -amarilla- y 1/4 -roja-.
3. Confección.
Seda, tafetán, lanilla o fibra sintética, según los casos.
4. Uso.
General.
5. Tamaños.
Los especificados en la regla número 20 del título 1.
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título I
Parte I | Parte II | Parte III | Parte IV | Parte V | Parte VI |
Parte VII | Parte VIII | Parte IX | Parte X | Parte XI | Parte XII |
Parte XIII | Parte XIV | Parte XV | Parte XVI | Parte XVII |
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título II
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título III
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título IV
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Modificación del Reglamento 2/2005, de Honores, Tratamientos y Protocolo en los actos judiciales solemnes.
-
Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local. BOE 17-12-2003. Ley de Grandes Ciudades.
-
Bandera para buques o embarcaciones del Ejército del Aire - Regla Número 14
-
LEY ORGANICA 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña. BOE n. 172 de 20/7/2006. Parte II.
-
Real Decreto 2027/1998, de 18 de septiembre, de aceptación de la cesión gratuita efectuada por el maestro don Francisco Grau Vergara de los derechos de explotación por la revisión y orquestación del Himno Nacional.
-
Jefe de Sector Aéreo - Regla Número 19
-
Las insignias correspondientes a los distintos grados de la Orden se ajustarán a los modelos que figuran...
-
Orden PRE/1340/2010, de 21 de mayo, por la que se modifica la Orden de 24 de septiembre de 1982, por la que se aprueba el Reglamento que establece las Ordenanzas de la Real Orden del Mérito Deportivo.
-
La Bandera Nacional será enarbolada los días de fiesta nacional o los días feriados o cívicos decretados por el Órgano Ejecutivo
-
Corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de aguas que discurran íntegramente por su territorio...
-
REAL DECRETO 2568/1986, Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. V.
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. REAL DECRETO 2568/1986, de 28 de noviembre de 1986. -
Las recompensas militares revisten gran trascendencia en los aspectos moral y orgánico de las Fuerzas Armadas, al constituir tanto un estímulo permanente para la superación en el cumplimiento del deber y del servicio.