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Real Decreto 1511/1977, Título IV - IV - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

Capitanes Generales de los Ejércitos de Tierra, Mar o Aire - Regla Número 1

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Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Banderas y Estandartes. Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero

CAPÍTULO II

Regla Número 1

Capitanes Generales de los Ejércitos de Tierra, Mar o Aire

Capitanes Generales de los Ejércitos de Tierra, Mar o Aire
Capitán General. Capitanes Generales de los Ejércitos de Tierra, Mar o Aire

1. Descripción

Será una bandera cuadra de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda la divisa de Capitán General en color rojo.

2. Tipos y usos

Buques, edificios, mástiles y vehículos, según lo especificado en la regla número 1 del capítulo III del título IV.

Regla Número 2

Jefe del Estado Mayor de la Defensa

La Jefatura del Estado Mayor de la Defensa se crea por el artículo 11 bis de la Ley Orgánica 6/1980, de 1 de julio, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/1984, de 5 de enero. Referencia B.O.E. A-1984-415., en sustitución del antiguo Presidente de la Junta de Jefes de Estado Mayor, que había sustituido a su vez en 1977 al Jefe del Alto Estado Mayor.

1. Descripción

Será una bandera cuadra de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda el emblema del Organismo, en sus esmaltes, y en el centro de la banda roja inferior una estrella de cinco puntas en azul.

2. Tipos y usos

En buques, edificios, mástiles y vehículos, según lo especificado en la regla número 1 del capítulo III del título IV.

Si bien el texto de esta regla no se ha modificado expresamente, se reproduce la imagen de este distintivo que corresponde a la versión actual de uso reglamentario en las Fuerzas Armadas, conforme a lo establecido en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar y en la normativa sobre divisas de los empleos militares de General de Ejército, Almirante General y General del Aire, establecidas por la Orden Ministerial 136/1999, de 20 de mayo, del Ministerio de Defensa.

General de Ejército, Almirante General y General del Aire
General del Ejército. General de Ejército, Almirante General y General del Aire

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