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Real Decreto 1511/1977, Título IV - VII - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

General de División del Ejército - Regla Número 7. General de Brigada del Ejército - Regla Número 8

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Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Banderas y Estandartes. Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero

Regla Número 7

General de División del Ejército

General de División del Ejército
General de División del Ejército. General de División del Ejército

1. Descripción

Será una bandera cuadra de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda dos estrellas de color rojo y en el centro de la franja roja superior el emblema del Ejército en sus esmaltes.

2. Tipos y usos

En buques, edificios, mástiles y vehículos, según lo especificado en la regla número 1 del capítulo III del título IV.

Regla Número 8

General de Brigada del Ejército

General de Brigada del Ejército
General de Brigada del Ejército. General de Brigada del Ejército

1. Descripción

Será una bandera cuadra de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda una estrella de color rojo, y en el centro de la franja roja superior, el emblema del Ejército en sus esmaltes.

2. Tipos y usos

En buques, edificios, mástiles y vehículos, según lo especificado en la regla número 1 del capítulo III del título IV.

Parte I Parte II Parte III Parte IV Parte V Parte VI
Parte VII Parte VIII Parte IX Parte X Parte XI Parte XII
Parte XIII Parte XIV        

 

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