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Respeto debido a las autoridades. Lección sexta.

El respeto a las autoridades y los tratamiento debidos a su cargo y posición.

Reglas de Urbanidad para niños y niñas. Imprenta José Matas. 1843
Se lee en 4 minutos.

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Respeto debido a las autoridades.

** Pregunta. ¿Qué debe todo buen ciudadano a las AUTORIDADES?

Respuesta. Respeto y sumisión a cuanto le ordenen o manden.

** Pregunta. ¿No hay una autoridad en todos los pueblos, que merece consideración y respeto a todos sus habitantes?

Respuesta. El ayuntamiento tiene a su cargo los intereses materiales de la población; vela para la seguridad y salubridad de sus conciudadanos; fomenta los ramos de enseñanza entre las clases proletarias; y extendiendo su mano benéfica hasta el asilo del huérfano, del desvalido y del culpable, ejerce uno de los sacerdocios más sublimes de que es capaz el hombre: ha de ser por esto respetado y al dirigirse a él debe hacerse con el tratamiento de V.E. (vueseencia), de V.S. (Usía) o de M. (magnificencia) según corresponda a una capital de provincia, o a otra ciudad, o a una villa o lugar del reino.

** Pregunta. Y a las DIPUTACIONES PROVINCIALES ¿se les debe también algún miramiento y respeto?

Respuesta. La diputación provincial tiene la misión de velar constantemente por los intereses de la provincia, promoviendo toda clase de mejoras y removiendo todo obstáculo que se oponga al progreso de la educación (Nota 1), de la industria y comercio y en su consecuencia se le debe tener el mayor respeto, y darle el tratamiento de V.E.

Nota 1. Bien conocido es el interés con que algunas Diputaciones han promovido la creación de escuelas normales, de párvulos y de adultos en sus respectivas provincias, y si bien todas las del reino no han demostrado igual celo hasta el presente, es de esperar que esta especie de abandono será de corta duración para aquellas capitales, que como Barcelona, carecen aún de tan útiles escuelas.

** Pregunta. ¿Cuál es la autoridad que mira Vd. como a SUPERIOR en la provincia?

Respuesta. El Señor Jefe político es un delegado del gobierno para poner en ejecución las las leyes que emanan de la autoridad superior de la nación, para promover y realizar todas las mejoras que reclama el bien de los pueblos, y por lo tanto se le debe tener la mayor consideración, obedecer sus mandatos y darle el tratamiento de V.S.

** Pregunta. Y con respecto a las AUTORIDADES MILITARES, ¿qué tendrá Vd. presente?

Respuesta. Los buenos militares derraman su sangre cuando la salvación de la patria lo exije, sostienen el orden público y con él la seguridad y la libertad de los ciudadanos, y por esto deben ser tenidos en la mayor consideración, dando a cada uno el tratamiento que a su grado corresponda.

** Pregunta. Me dirá Vd. ¿cuál es el tratamiento que debe darse a cada militar según su categoria?

Respuesta. Los capitanes generales del ejército y de distrito tienen el tratamiento de V.E. con ante-firma, los tenientes generales y los mariscales de campo con banda el de V.E. simplemente, y los demás mariscales y los coroneles el de V.S.

** Pregunta. ¿Qué tratamiento dará Vd. a los MINISTROS de la Corona?

Respuesta. Los ministros del rey ocupan en la magistratura el puesto más elevado, llevan en sus hombros el enorme peso de la responsabilidad moral ante todo un pueblo y por lo mismo me insinuaré a ellos con el mayor respeto, les daré el tratamiento de Señor Excelentísimo y al
dirigirles alguna exposición emplearé la ante firma (Nota 2).

Nota 2. Llámase antefirma en una exposición o memoria al título o tratamiento con que se encabeza el escrito puesto antes de la firma del exponente o recurrente; es un escrito dirigido a un ministro por ejemplo, se encabeza con la palabra Excelentísimo Señor, y después de puesta la fecha al fin del mismo escrito, se termina éste diciendo:

Excelentísimo Señor: Fulano de tal.

** Pregunta. ¿Qué observará Vd. al insinuarse a alguna de las personas de la FAMILIA REAL?

Respuesta. Inclinaré respetuosamente el cuerpo, le besaré atentamente la mano, le daré el tratamiento de V.A. (Vuestra Alteza), y al dirigirme a ella por escrito lo haré con ante firma.

** Pregunta. ¿Cuál es la autoridad superior en los países que como el de España son regidos constitucionalmente?

Respuesta. Residiendo la potestad de hacer las leyes en las Cortes con el Rey, y siendo esta potestad la más elevada que puede conferirse a los hombres, miraré como a primeras autoridades de la nación a la persona del rey y al Senado y Congreso compuestos de españoles propuestos y elegidos por el pueblo.

** Pregunta. Y si tuviese Vd. que drigirse por escrito al SENADO o al CONGRESO, ¿cuál será su lenguaje?

Respuesta. Les hablaré en tercera persona, y considerando que ambos cuerpos colegisladores están compuestos de hombres eminentes en saber y virtudes, que la misión que están llamados a desempeñar es verdaderamente sublime, usaré en mis escritos un lenguaje el más respetuoso, expondré con la mayor atención mis ideas y en caso de serme negada mi súplica, me conformaré con el fallo de un tribunal tan elevado.

** Pregunta. ¿Cómo se insinuará Vd. al REY o a la REINA?

Respuesta. Incaré la rodilla izquierda, le besaré su mano diciendo; Señor o Señora a los reales pies de V.M., (Vuestra Majestad) y cuando me dirija a ellos por escrito, usaré la ante firma y suprimiré mi rúbrica.

 

Nota
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