Protocolo Consular. Apéndice número 1.
Apéndice número 1. Protocolo Consular.

Apéndice número 1.
Los Sres. D. Federico Huth y Compañía, banqueros, con residencia en Londres, 12 Tokenhouse Yard E. C, tienen a su cargo el servicio en los puntos siguientes:
Alejandría, Amsterdam, Asunción, Atenas, Baltimore, Beirut, Beliza, Bergen, Bogotá, Boston, Bucarest, Buenos Aires, Cabo Haitiano, Cairo, Callao, Cantón, Caracas, Cardiff, Cayo Hueso, Colonia, Constantinopla, Copenhague, Charleston, Damasco, Dantzick, Emuy, Filadelfia, Francfort, Glasgow, Guaira (La), Guatemala, Guayaquil, Halifax, Hamburgo, Hong Kong, Jaffa, Jamaica, Jerusalem, Kingston, Leipsick, Lima, Liverpool, Londres, Macao, Mannheim, Méjico, Montevideo, Munchen (Munich), Nassau, Newcastle, Newport, Nueva Orleans, Nueva York, Nuremberg, Odessa, Panamá, Paz (La) de Bolivia, Pekín, Pireo (El), Port an Prince, Portland, Port Saida, Puerto Plata, Quebec, Rio Janeiro, Saigon, San Petersburgo, San Thomas, Santo Domingo, Sabannah, Seneur (El), Shanghai, Sierra Leona, Singapore, Smyrna, Stockolmo, Swan-sea, Terranova, Túnez, Valparaíso, Veracruz, Washington, Vedo (Japón) y Yokohama.
Los Sres. Camondo y Compañía, banqueros, con residencia en París, 31 rue Lafayette, tienen a su cargo el servicio en los puntos siguientes:
Amberes, Argel, Bayona, Berlín, Badén, Berna, Bona, Bruselas, Buckán, Burdeos, Cagliari, Cette, Civita-Vecchia, Chemnits, Dresde, Genova, Ginebra, Havre (El), Haya (El), Hendaya, Liorna, Marsella, Milán, Oloron, Oran, Paris, Perpiñán, Roma, Saint Nazaire, Seo de Urgel, Tolosa, Trieste y Viena.
Los Sres. Larios Hermanos, banqueros de Gibraltar, tienen a su cargo el servicio en:
Casablanca, Gibraltar, Larache, Mazagán, Mogador, Rabatt, Saffi, Tánger, y Tetuán.
Los Sres. Basto y Piombino, banqueros de Lisboa, lo desempeñan en:
Caminha, Elvas, Funchal, Lisboa, Oporto, Valenca do Minho y Villareal de San Antonio.
D. Eduardo Morbilli, banquero de Nápoles, en esta capital y en Palermo.
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De las atribuciones y deberes de los cónsules.
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Protesta que el Cardenal, Secretario de Estado, dirigió a los Gabinetes extranjeros, el 11 de Setiembre de 1882, con motivo de un pleito entablado contra Monseñor Mayordomo de Su Santidad.
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Los nombramientos se pueden hacer por Real Decreto, por Real Orden o por Orden Ministerial.
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Carta modelo de remisión del Ceremonial, junto con el Breve de Clemento XIV y recibo del Collar.
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Derecho mercantil y marítimo en toda su extensión y Código de Comercio
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