Formulario número 19. Devolución del Real Exequátur cumplimentado.
Devolución del Real Exequátur, concedido por el Rey, cumplimentado.

Formulario número 19.
CAPITANÍA GENERAL
DE ......Devuelvo a Vd. ...... cumplimentado el Real Exequátur concedido por el Rey, mi Augusto Soberano, a su nombramiento de ...... de ...... en ...... que Vd. ...... ha presentado a este Gobierno de mi cargo.
Por lo que, estando en debida forma, queda Vd. ...... admitido al uso y ejercicio de su empleo, en el cual puede entrar pública y libremente cuando guste.
Dios guarde, etc.
-
9011

Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Cada país tiene su propia reglamentación en lo que se refiere a la concesión de audiencias al Cuerpo Diplomático.
-
En general, en España se observa la etiqueta de dejar pasar antes a los extranjeros, como huéspedes.
-
Ceremonial Alemania. Reglamento de la etiqueta que se ha de observar respecto a los Embajadores.
-
Cancillería. Es el documento en que se contradicen o desvirtúan por un Gobierno los cargos acumulados contra él en la Protesta
-
Remisión y entrega de acusados en manos de una potencia extranjera.
-
Presentación a SS.MM. del Ablegado Apostólico y Guardias Nobles de Su Santidad.
-
Es absurda la opinión vulgar de que no ocupándose más que de bailes y de teatros, de conciertos y de paseos, pueda llegarse a adquirir la práctica y los conocimientos del verdadero diplomá¡tico.
-
Comunicación a un Cónsul sobre el reconocimiento de un Vicecónsul.
-
Real Orden pidiendo a la Secretaría de las Órdenes una insignia para un súbdito español.
-
Ceremonial Vigente. Concesión del Toisón de Oro, a extranjeros.
-
Etiqueta y ceremonial que se observa en la República Francesa en el ámbito diplomático.
-
Instrucciones que deben observar los Cónsules de Su Majestad para cubrir las atenciones extraordinarias del servicio y formalizar las cuentas.
