Real Decreto 1511/1977, Título III - V - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
General de Brigada del Ejército - Regla Número 5.

protocolo.org
Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero
Regla Número 5
General de Brigada del Ejército

B.O.E.
1. Descripción
Será una bandera cuadra, de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda una estrella de cuatro puntas, en color azul, y en el centro de la franja roja superior, el emblema del Ejército de Tierra, en sus esmaltes.
2. Tipos y usos
Los indicados en la regla número 1 del capítulo VI de este título.
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título I
 - Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título II
 - Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título III
 
| Parte I | Parte II | Parte III | Parte IV | Parte V | Parte VI | 
| Parte VII | Parte VIII | Parte IX | Parte X | Parte XI | Parte XII | 
| Parte XIII | Parte XIV | Parte XV | 
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
- 
			
									
								
									Resumen sobre los tratamientos debidos a Titulados Mercantiles y miembros de la Academia de Medicina.
 - 
			
									
								
									Capitán Fragata o Corbeta, con mando de Flotilla, Escuadrilla, División o Agrupación Operativa (Gallardetón) - Regla Número 7. Comandante más antiguo en Reunión de Buques (Jefe de Bahía) - Regla Número 8
 - 
			
									
								
									Armada, Mando, Régimen Interior, Disciplina, Seguridad y Honores y Ceremonias. Reales Ordenanzas de la Armada Española. Ley 85/1978, de 28 de diciembre. Parte IV.
 - 
			
									
								
									LEY ORGÁNICA 1/2006, de 10 de abril, de Reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. Parte I.
 - 
			
									
								
									Título I. Honores Militares. Capítulo VI. A autoridades extranjeras y de organizaciones internacionales. Capítulo VII. A jefes de representación diplomática y consular.
 - 
			
									
								
									Don Fernando VII, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Rey de las Españas... Constitución política de la Monarquía Española
 - 
			
									
								
									Estatuto Autonomía de la Comunidad Autónoma de Valencia. R.C.L. 1982/1821. Ley Orgánica 1/07/1982, Num. 5/1982.
 - 
			
									
								
									Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
 - 
			
									
								
									Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. REAL DECRETO 2568/1986, de 28 de noviembre de 1986.
 - 
			
									
								
									Ministro del Ejército - Regla Número 1. Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra - Regla Número 2
 - 
			
									
								
									Esta recompensa, en sus distintas categorías, será será tratada en los artículos de este título.
 - 
			
									
								
									En todos los actos, recepciones y ceremonias que se desarrollen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el representante de la Presidencia de la Nación debe ocupar la inmediata derecha de la Jefa o Jefe de Gobierno de la Ciudad
 




