Real Decreto 1511/1977, Título III - II
Jefe del Estado Mayor de la Defensa - Regla número 2

protocolo.org Imágen Generada por IA
Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero
Regla Número 2
Jefe del Estado Mayor de la Defensa
La Jefatura del Estado Mayor de la Defensa se crea por el artículo 11 bis de la Ley Orgánica 6/1980, de 1 de julio, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/1984, de 5 de enero. Referencia B.O.E. A-1984-415, en sustitución del antiguo Presidente de la Junta de Jefes de Estado Mayor, que había sustituido a su vez en 1977 al Jefe del Alto Estado Mayor.
1. Descripción
Será una bandera cuadra, de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda el emblema del organismo, en sus esmaltes, sin la estrella de cinco puntas en su centro, y en el centro de la banda roja inferior, una estrella de cinco puntas en azul.
2. Tipos y usos
Los indicados en la regla número 1 del capítulo VI del título III.
Si bien el texto de esta regla no se ha modificado expresamente, la imagen que se reproduce de esta insignia corresponde a la versión actual de uso reglamentario en las Fuerzas Armadas, conforme a lo establecido en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar y en la normativa sobre divisas de los empleos militares de General de Ejército, Almirante General y General del Aire, establecidas por la Orden Ministerial 136/1999, de 20 de mayo, del Ministerio de Defensa.

B.O.E. Imágen Generada por IA
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título I
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título II
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título III
| Parte I | Parte II | Parte III | Parte IV | Parte V | Parte VI |
| Parte VII | Parte VIII | Parte IX | Parte X | Parte XI | Parte XII |
| Parte XIII | Parte XIV | Parte XV |
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Ceremonias solemnes militares y los actos religiosos celebrados durante estos actos.
-
Estatuto Autonomía de la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha. R.C.L. 1982/2169. Ley Orgánica 10/08/1982, Num. 9/1982.
-
En los actos y visitas oficiales de carácter internacional celebrados en territorio español, cuando deban ejecutarse himnos nacionales, se interpretarán, en primer lugar, los himnos extranjeros y después el himno nacional de España
-
14944 LEY 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y de buenas prácticas en la Administración pública gallega.
-
Estatuto Autonomía de la Comunidad Autónoma de Murcia. R.C.L. 1982/1576. Ley Orgánica 9/06/1982, Num. 4/1982.
-
El Real Decreto 1040/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Recompensas Militares, desarrolla la disposición final primera de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.
-
Se crea la Medalla de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de Granada con la finalidad de conceder honores y distinciones en la forma que se dispone en este Reglamento.
-
Organización básica de las Corporaciones locales y las relaciones de éstas con las otras dos Administraciones Públicas territoriales
-
Las Entidades locales podrán ejercer la iniciativa pública para el ejercicio de actividades económicas conforme al artículo 128.2 de la Constitución
-
REGLAMENTO del Parlamento de Cataluña, aprobado por el Pleno del Parlamento, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2005. Parte III.
-
Iniciada la reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey por el Real Decreto 1677/1987, de 30 de diciembre, ha llegado el momento de completarla...
-
14944 LEY 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y de buenas prácticas en la Administración pública gallega.


