Términos diplomáticos. II
Definición y significado de los términos más utilizando dentro del ámbito diplomático y su entorno

foto base Ministerio de Asuntos Exteriores de España Imágen Generada por IA
Diccionario de términos diplomáticos
Delegación permanente.
Expresión con la que se designa comúnmente la Misión Diplomática que un Estado acredita de modo permanente en una Organización internacional de la que es miembro. A su frente se encuentra un Embajador Representante Permanente o Delegado Permanente.
Demarcación Consular.
Véase. Circunscripción Consular.
Distrito Consular.
Véase. Circunscripción Consular.
Embajada.
Misión Diplomática de la máxima categoría al frente de la que se halla un Embajador. El término se aplica también a los locales de la Misión, tanto a las oficinas (Cancillería) como a la vivienda del Embajador (Residencia).
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Embajador.
1. Funcionario de la Carrera Diplomática que ha alcanzado la máxima categoría dentro del escalafón y que puede hallarse, o no, al frente de una Embajada.
2. Jefe de Misión que se halla al frente de una Embajada. Normalmente es un funcionario de la Carrera Diplomática -Embajador de Carrera- cuya categoría personal puede no ser la de Embajador sino otra inferior. Si no pertenece a la Carrera Diplomática se le denomina Embajador Político.
Encargado de negocios.
Funcionario diplomático que ocupa temporalmente la Jefatura de una Misión Diplomática por hallarse vacante dicho puesto, por ausencia del titular, etc. Normalmente, el puesto es desempeñado por el funcionario diplomático de categoría inmediatamente inferior al Jefe de Misión.
Jefe de Misión.
Término genérico que abarca los varios supuestos de titulares de la máxima autoridad en una Misión Diplomática. En la mayoría de los casos, Misión es sinónimo de Embajada, y Jefe de Misión, de Embajador.
Llamada a consulta.
Orden que se envía a un Jefe de Misión por el Ministro de Relaciones Exteriores del Estado acreditante para que se persone urgentemente con objeto de informar sobre un determinado asunto y recibir instrucciones particulares.
Ministro-Consejero.
Funcionario diplomático que ocupa en una Embajada el puesto inmediatamente siguiente al Jefe de Misión y asume las funciones de Encargado de Negocios cuando es necesario. Este puesto sólo suele existir en las Embajadas más importantes por el volumen de personal diplomático.
Misión Diplomática.
Término genérico que abarca todos los tipos de representación permanente de un Estado ante otro, o ante una Organización internacional, o de éstas ante un Estado.
Nota verbal.
Comunicación oficial escrita, redactada en tercera persona, que dirige una Misión Diplomática al Ministerio de Exteriores del Estado receptor. Se llama verbal porque antiguamente recogía los términos de una conversación y solía ser entregada a su finalización. Actualmente, es la Nota diplomática por excelencia.
Oficina Consular.
Término genérico que abarca las distintas clases de Consulados, tanto de Carrera como Honorarios.
Persona "Non Grata".
Es la declaración que en cualquier momento el Estado receptor puede hacer sobre el Jefe de Misión o cualquier otro miembro del personal diplomático, que se comunica sin necesidad de expresar los motivos, e implica que esa persona debe ser retirada o cesar en sus funciones.
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Plácet.
Manifestación que hace el Estado receptor, solicitado para ello por el Estado acreditante, de que no tiene nada que oponer a la persona que éste se propone nombrar como Jefe de Misión ante aquél.
Representación.
En la práctica española, es el término más genérico para designar todo tipo de órganos de la Administración del Estado en el exterior. Periódicamente, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación edita una Guía de las Representaciones de España en el extranjero en la que figuran todas ellas ordenadas por países y organizaciones, con los nombres de sus titulares, direcciones, teléfonos, etcétera.
Representación permanente.
Véase. Delegación Permanente.
Residencia.
Se designa con este término el domicilio oficial del Jefe de Misión.
Sección Consular.
Personal de una Misión Diplomática que desempeña funciones consulares, al no existir una Oficina Consular en la misma capital.
Secretario de Embajada.
Puesto dentro de una Embajada por debajo del Consejero -si lo hay- y por encima de los Agregados.
- Términos diplomáticos. I
- Términos diplomáticos. II
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