Cartas Reales. Sajonia Altemburgo a Altenbourg.
Formulario abreviado de Cartas Reales.
Antonio de Castro y Casaleiz.
Guía de Protocolo Diplomático. 1886
Se lee en 1 minuto.

Correspondencia Real.
|
Sajonia Alyemburgo a Altenbourg |
Monsieur Mon Cousin: |
Monsieur Mon Cousin de Votre Altesse Royale le Bon Cousin Alphonse. |
A Son Altesse Royale Monsigneur le Duc régnant de Saxe. Altenbourg.
Etiquetas
Nota
-
7973

Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
Contenido Relacionado
-
Comunicar el fallecimiento de S.M. el Rey y el advenimiento a la Regencia de si Augusta Esposa.
-
Circular relativa a los puestos en las Tribunas reservadas a los Diplomáticos, y sobre las personas que tienen derecho a ocupar los que resulten sobrantes, dirigida a los jefes de Misión por el Decano del Cuerpo Diplomático en 1865.
-
Negocios Extranjeros. Nota pidiendo una franquicis de Aduanas.
-
Recepción de las esposas de los Enviados Extraordinarios y Ministros Plenipotenciarios.
-
Concesión de Cruz sin la exención de gastos. Solicitud al centro que formuló la propuesta oficial.
-
Proyecto de Ley del Congreso Nacional de Chile.
-
Discurso del docto Prelado Valenciano en la ceremonia de imposición de las Birretas Cardenalicias en la Real Capilla.
-
Consagrar la máxima de que el personal de una Embajada o de una Legación, no puede ni debe dividirse nunca, para interponer entre las diversas categorías de sus funcionarios a personas completamente extrañas al personal diplomático.
-
Comunicación de ascenso y presentación de renuncia.
-
Acta de nacimiento del Rey. Invitados a concurrir a la Real Cámara.
-
Para negociar y firmar cualquier Tratado, Convenio o Declaración, es indispensable que el Representante de cada nación contratante, esté provisto de su correspondiente Plenipotencia.
-
Confederación Argentina. Ley reglamentaria del Cuerpo Diplomático de 4 de julio de 1856.