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10. Las precedencias.

Orden de precedencias interno. Criterios generales.

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CAPÍTULO II

"De las precedencias"

Artículo 23. Orden de precedencias interno.

Orden de prelación general de las autoridades de la universidad, para aquellos actos organizados por la misma con independencia de su naturaleza:

1. Rector.

2. Presidente del Consejo Social.

3. Ex Rectores.

4. Defensor Universitario.

5. Vicerrectores.

6. Secretario General.

7. Director del Gabinete Técnico del Rector.

8. Gerente.

9. Decanos.

10. Directores de Institutos.

11. Consejo Social.

12. Directores de Centros Asociados.

13. Vicerrectores Adjuntos.

14. Vicedecanos.

Artículo 24. Criterios generales.

Criterios que deben tenerse en cuenta en la ordenación protocolaria para cualquier tipo de acto:

1. En caso de coincidencia en un mismo cargo, se tomará como criterio preferente el de la mayor antigüedad de creación del mismo.

2. Los miembros del Consejo Social seguirán el orden de precedencias establecido.

3. En eventos sociales o comidas a los que asistan parejas se procurará alternar mujeres y hombre y separar las parejas en la medida de lo posible aplicando la "ley de descanso".

(Anexo 24)

Ley de descanso: regla tradicional que impide que en una mesa concurran dos mujeres juntas, salvo que sea necesario para evitar que una quede en el extremo, ni un matrimonio junto, salvo el que preside.

4. En eventos sociales o comidas organizados por la UNED, con independencia de que exista una presidencia, se procurará situar en cada mesa a un representante de la Universidad que actuará como anfitrión en la misma.

 

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