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La Iglesia y su composición jerárquica. Conferencia episcopal. Miembros del Episcopado - Parte II

Los Cardenales forman el Colegio Cardenalicio, una institución cuya misión principal es elegir al nuevo Papa, en caso de Sede Vacante

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Salón Conferencias Episcopal. La Iglesia y algunos cargos de la Curia Romana
Conferencia Episcopal. Salón Conferencias Episcopal. La Iglesia y algunos cargos de la Curia Romana

El gobierno de la Iglesia. Algunos cargos de la Curia Romana

Los cardenales de Curia son ciudadanos de la Ciudad del Vaticano. El Papa nombra (crea) -en un Consistorio secreto- a todos los cardenales. Ningún gobierno civil puede proponerlos. A veces el Papa comunica que ha elegido a alguien pero no dice quién es. Guarda su nombre en secreto cuando comunica el de los demás Es un cardenal "in pectore" (en el pecho papal).

Los Cardenales forman el Colegio Cardenalicio, una institución cuya misión principal es elegir al nuevo Papa, en caso de Sede Vacante, por defunción o dimisión del Papa anterior. El hecho de una dimisión del Papa, es algo jurídicamente posible, pero en toda la historia de la Iglesia se ha dado un único caso. Durante mucho tiempo no era necesario pertenecer al clero, algunos laicos fueron nombrados cardenales, pero hoy si se elige un cardenal que no sea obispo se comienza consagrándolo obispo. Los cardenales gobiernan también la Iglesia durante el período de Sede Vacante. Son los consejeros y colaboradores más íntimos del Papa y acompañan o representan al Papa de una manera u otra en las ceremonias litúrgicas. Para acontecimientos litúrgicos importantes fuera de Roma suele enviarse a un Cardenal Legado para que lo presida. El Congreso Eucarístico de Buenos Aires de 1934 fue presidido por el Cardenal Pacelli, futuro papa Pío XII.

El origen de la palabra Cardenal

A lo largo de la historia los electores del Obispo de Roma, y posteriormente, los cardenales han variado mucho tanto en sus características como en su número. Primitivamente el obispo era elegido por la comunidad local o al menos por los clérigos más importante de ella. De aquí se origina la palabra cardenal que en latín se deriva de "cardo", iglesia principal, y los actuales cardenales tienen un título de una iglesia importante en Roma, (son como párrocos honorarios de esas iglesias). Desde que los papas Nicolás II en 1059, y Alejandro III en 1179 les confirieron el derecho a la exclusividad en la elección papal, aumentó mucho su importancia.

En los siglos XII a XVI fueron adquiriendo una gran importancia en el gobierno de la Iglesia como cardenales de curia y cardenales legados. El papa Sixto V en 1586 fijó su número en 70. Estos tenían como tres categorías diferentes, aunque su voto valía lo mismo en la elección papal. Los Cardenales-Obispos, seis en número, eran como los representantes de las diócesis suburbanas de Roma. El Cardenal Decano, el más antiguo en el cargo, era el representante de la diócesis de Ostia, el puerto de Roma en la desembocadura del río Tíber. Había 50 Cardenales-Presbíteros, simbolizando a las parroquias más importantes romanas, y otros 14 Cardenales-Diáconos que representaban a las zonas pobres de Roma. Se ascendía de categoría por antigüedad al morir alguno nombrado previamente. Uno de los cargos cardenalicios con cierta importancia era el de Cardenal-Vicario, es decir el "auxiliar" del Papa para el gobierno de la diócesis de Roma, ya que el Sumo Pontífice dedica la mayor parte de su tiempo al gobierno de la Iglesia Universal. Como dato curioso añadamos que el territorio de la Ciudad del Vaticano forma una diócesis diferente de la de Roma.

Los cardenales reciben el pleno poder como tales con la promulgación de su nombramiento. Las ceremonias posteriores no tienen valor jurídico. En el año 1958 Juan XXIII sobrepasó el número de 70 y se fijó en 120. Pero también luego se sobrepasó este número y se determinó que los cardenales que hubiesen cumplido los 80 años perdían la facultad de elegir al Papa. Con la extensión y globalización de la Iglesia el número de Cardenales sigue creciendo y en algún momento con Juan Pablo II han superado el número de 120 electores, es decir descontando a los de 80 años o más. Teóricamente el cardenalato está desligado del sacramento del orden, pero de hecho actualmente se exige para todos el episcopado.

Cargos de la Curia Romana

Algunos cargos de la curia romana tenían como implícito el cardenalato. Así los decanos de la Rota Romana, ascendían casi automáticamente al cardenalato después de llegar al cargo de decano. Lo mismo pasaba con los arzobispos u obispos de algunas diócesis importantes o con algunos cargos eclesiásticos como los nuncios en ciertos países tradicionalmente importantes. Hoy estas predeterminaciones van desapareciendo a medida que aumenta el número de naciones independientes que quisieran todas tener por lo menos un cardenal. Así la proporción de los cardenales italianos en relación con los no italianos ha disminuido. Durante varios siglos los italianos eran una clara mayoría y Juan Pablo II ha sido el primer Papa no italiano después de más de cuatro siglos... Hoy el número de cardenales no italianos supera por mucho al de los peninsulares.

El cargo de Monseñor

Expliquemos el significado de esta palabra que suele originar muchas confusiones entre los "no peritos en protocolo eclesiástico". Para muchos equivale a obispo, y otros no entienden nada en muchas ocasiones. En realidad es un título honorífico, que no tiene nada que ver con el sacramento del Orden. Su origen es bastante antiguo, pero no olvidemos que proviene de otras épocas en las que el protocolo y el uso de títulos era algo muy importante y respetado en los usos sociales.

En muchísimos casos se llama "Monseñor" ("Mi Señor") a los obispos y arzobispos. Según el protocolo esto no debe hacerse nunca con el Papa ni con los cardenales. Pero además tienen "derecho" a ese título muchos sacerdotes que no han sido consagrados obispos. Es como una condecoración que se les concede, por Roma, normalmente a pedido de sus obispos propios, por los "servicios prestados". Fundamentalmente da derecho a ciertos privilegios protocolarios, además de ser llamados monseñor, pueden usar un fajín morado.

Por eso muchas veces leemos en la prensa o escuchamos en la radio o TV frases como esta: "El obispo Monseñor Tal ha dicho que...", y el que lo dijo es un monseñor no-obispo, y por lo tanto sus expresiones, por haber salido de la boca de un sacerdote, no tienen la fuerza eclesiástica que tendrían si las hubiese dicho un obispo.

Los cargos de  arzobispos y obispos

Ya hemos dicho que el sacramento del orden es el mismo para todos los miembros del episcopado católico. Algunos preguntan entonces que por qué hay unos arzobispos y otros obispos. Aquí pasa algo en escala menor de lo que ocurre para las conferencias episcopales nacionales. Se trata de facilitar una serie de funciones administrativas. Todas las diócesis, sobre todo si fuesen grandes deberían tener un tribunal eclesiástico. Los hay de primera y segunda instancia. Muchas diócesis no tienen tribunal de primera instancia y de segunda hay pocos. Evidentemente se localizarán en arquidiócesis y no en diócesis sufragáneas, dependientes para algunas cosas que no se encuentran en ellas y sí en la arquidiócesis. Muchas diócesis carecen de un Seminario para la formación sacerdotal bien estructurado y envían sus seminaristas a estudiar a otro seminario, en muchos casos el de su arquidiócesis.

Aún en el supuesto de que la arquidiócesis no proporcionase nada que no se encontrase en las diócesis sufragáneas, siempre es preciso que a reuniones de un nivel superior no acudan todos los inferiores, y entonces el arzobispo suele ser el representante nato. La arquidiócesis normalmente es mucho más importante en población y otro tipo de recursos, que las diócesis más pequeñas y es el arzobispo el que preside la reunión con los obispos de las diócesis vecinas sufragáneas.

Ser arzobispo no implica de ninguna manera entrar en el gobierno de otra diócesis y decir que "aquí mando yo que para eso soy el superior". No. En la jerarquía eclesiástica la independencia del gobierno de cada diócesis es absoluta y los vecinos no pueden intervenir en ella. De haber un problema muy serio se pediría por gente de la misma diócesis o se solicitaría por los de las vecinas a Roma una inspección e intervención sobre el caso.

Históricamente ha habido diócesis, que por su importancia y vitalidad hace muchos siglos sobresalieron sobre todas las vecinas y se convirtieron en arquidiócesis. En España este es el caso de Toledo frente a Madrid. La capital de España hasta hace pocos años era una diócesis sufragánea de la arquidiócesis de Toledo. Pero hoy una ciudad de tres millones de habitantes pisa mucho más fuerte en todos los terrenos, y en el religioso también, que otra que de ninguna manera llega a los cien mil. Así que hace menos de medio siglo la diócesis de Madrid ascendió a arquidiócesis liberándose de la de Toledo y tomando como diócesis sufragáneas otras diócesis vecinas.

Hay otros casos, relativamente más raros, que para dar prestigio de alguna manera a una diócesis se la asciende honoríficamente a arquidiócesis, aunque no tenga ninguna diócesis sufragánea.

Todo esto nos hace comprender cómo en cualquier país un grupo de diócesis es como las "súbditas" de una arquidiócesis, y forman una provincia eclesiástica, 13 normales y una sin sufragáneas, para 14 arquidiócesis y 46 diócesis, sin contar los casos especiales que hemos mencionado arriba. Para promover una acción pastoral común en varias diócesis vecinas, según las circunstancias de las personas y de los lugares, y para que se fomenten de manera más adecuada las recíprocas relaciones entre los obispos diocesanos, las Iglesias particulares se agrupan en Provincias Eclesiásticas delimitadas territorialmente y presididas por el Arzobispo o Metropolitano de la sede que da nombre a la respectiva provincia eclesiástica.

Con otros criterios pastorales, las Regiones Eclesiásticas son agrupaciones de jurisdicciones eclesiásticas con características pastorales comunes. Su finalidad es alcanzar un apostolado más eficaz según las circunstancias pastorales, sociales y locales, y hacer que las relaciones entre los obispos, y de éstos con las autoridades civiles sean más fáciles y fructuosas. Según el estatuto de la CEA, a las Regiones Eclesiásticas corresponde "fomentar la cooperación y la común acción pastoral entre los obispos de una misma zona geográfica". En nuestro país no existe todavía una organización jurídica de las Regiones Eclesiásticas, y la organización existente lo es "ad experimentum".

 

 

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