
07. Bandera de la Universidad Nacional de Cuyo (Ordenanza 61/2010 R).
La Bandera Institucional, a diferencia de la nacional y la provincial, no será portada por abanderado.
Bandera de la Universidad Nacional de Cuyo (Ordenanza 61/2010 R).
La Bandera Institucional, a diferencia de la nacional y la provincial, no será portada por abanderado.
Estará presente en todos los actos y ceremonias de la Universidad, dentro y fuera del campus, siempre que se encuentre una autoridad presente. La Bandera Institucional deberá ubicarse a la derecha de la presidencia, separada de la Bandera Nacional y Provincial. (ver Esquema de este artículo)
En caso de presencia de banderas nacionales de otros países, la Bandera Institucional se ubicará teniendo en cuenta las siguientes situaciones:
- Si el conjunto de banderas resulta número par, la Bandera Institucional se ubicará a la izquierda de la última Bandera Nacional, con una separación mayor (ver Esquema 1 de este artículo).
- Si el conjunto de banderas resulta número impar, la Bandera Institucional se ubicará a la izquierda de la presidencia, separada del conjunto de banderas nacionales, a los efectos de que la insignia nacional, acompañada de la provincial, ocupe visiblemente el centro métrico del mismo (Ver Esquema 2 en este artículo).
En cuanto a la Bandera Institucional de fameo, la misma no puede ser de menor tamaño que otras banderas que la acompañan, ni puede quedar izada a menor altura que las demás. Se sugiere que todas las banderas sean de las mismas dimensiones y es obligación que los mástiles sean de la misma altura y tengan el mismo tope.
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Ordenanza 61/2010-CS.
-
Honoris Causa deriva del latín y significa "por causa de honor".
-
La Universidad Nacional de Cuyo, conmemora su aniversario el 16 de agosto.
-
Decreto 2072/93 (y sus modificaciones: Decreto 644/11-06-99 - BO 29.169 de 17-06-99 y Decreto 655/11-06-99).
-
Decreto 2072/93 (y sus modificaciones: Decreto 644/11-06-99 - BO 29.169 de 17-06-99 y Decreto 655/11-06-99).
-
La Colación de Grado es un acto académico que corresponde al otorgamiento de títulos a los alumnos que culminaron un plan de estudio académico de grado y/o posgrado.
-
La declaración de duelo universitario quedará supeditado a la decisión de las máximas autoridades, de acuerdo con la jerarquía de la persona fallecida.
-
Asunción de Rector y Vicerrector. Asunción de Decano y Vicedecano.
-
La letra oficial del Himno Nacional será el texto de la canción compuesta por Vicente López y Planes y música de Blas Parera.
-
Ordenanza 10/2004-R.
-
La iniciación del ciclo académico en las distintas Unidades Académicas es un acto pensado y preparado para compartir con los claustros docente, de personal de apoyo académico y alumnos.
-
Actos de presentación de muestras de arte y otras manifestaciones artísticas.