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20. Actos de Centros. Facultades y Escuelas. Centros Asociados.

Todos aquellos actos celebrados en los centros de la UNED, organizados a iniciativa de dicho centros y que requieran la presencia del Rector deberán ser notificados a la Dirección del Gabinete Técnico del Rector.

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CAPÍTULO III

"De actos de centros"

Artículo 66. Criterios generales.

Todos aquellos actos celebrados en los centros de la UNED, organizados a iniciativa de dicho centros y que requieran la presencia del Rector deberán ser notificados a la Dirección del Gabinete Técnico del Rector, que, junto con la Unidad de Protocolo, supervisará la organización.

Es imprescindible que proporcionen toda la información necesaria para la celebración del acto, tal como, la ordenación de la mesa presidencial y el guión que se deberá seguir con las intervenciones del Rector adecuadamente regladas.

SECCIÓN I

"De facultades y escuelas"

Artículo 67. Organización.

Las facultades y escuelas podrán organizar, a iniciativa propia, cuantos actos crean convenientes y necesarios. Para ello dispondrán de todos los salones de actos y salas distribuidas a tal efecto en las distintas facultades y escuelas.

Artículo 68. Criterios de organización.

La máxima autoridad de la facultad es el Decano y, de la Escuela, el Director. A cada uno de ellos, en calidad de anfitriones, le corresponde la presidencia de los actos celebrados en sus respectivas dependencias. En caso de que se diera la asistencia de alguna autoridad académica de mayor rango quedarían desplazados por la presencia de un superior.

La organización de dichos actos adoptará las pautas generales establecidas en el presente manual en lo referente a presidencia, sistemas de invitación, ordenación de invitados,...

SECCIÓN II

"De centros asociados"

Artículo 69. Organización.

Los centros asociados podrán organizar, a iniciativa propia, cuantos actos crean convenientes y necesarios. Cada centro asociado dispondrá de salas adecuadas para la celebración de dichos actos.

Artículo 70. Criterios de organización.

La máxima autoridad del centro asociado es el Director, a quien, en su calidad de anfitrión, le corresponde la presidencia de los actos celebrados en sus dependencias. En caso de que se diera la asistencia de alguna autoridad de la Universidad de mayor rango, quedarían desplazados por la presencia de un superior.

La presencia de cualquier autoridad del ámbito de la administración general, autonómica o local y la posición que se le ha de otorgar en el acto se someterá al criterio del Director del correspondiente centro asociado, teniendo siempre en cuenta la naturaleza y finalidad del acto y el artículo 26 relativo a cesiones.

La organización de dichos actos adoptará las pautas generales establecidas en el presente manual en lo referente a presidencia, sistemas de invitación, ordenación de invitados,...

Artículo 71. Actos.

El principal acto celebrado en los centros asociados es el de Apertura del Curso Académico. Para su organización se tomará como referencia el Acto de Apertura de Curso general de la Universidad, siendo el Director del Centro Asociado equiparado al Rector en cuanto a su papel en el acto, y el Secretario del centro al Secretario General. Se podrá aprovechar este acto para realizar ceremonias con egresados o cualesquiera otras que crean convenientes.

 

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