Real Orden de 19 de Octubre de 1880.
Comunicación del Jefe superior de Palacio, en la que se determinaba que, en las recepciones que se celebrasen en el Salón del Trono, se debían observar las Reales órdenes de 27 de Noviembre de 1861 y 11 de Abril de 1862.
La Gaceta Oficial del 19 de Octubre de 1880 publicó una Real Orden de la Presidencia del Consejo de Ministros, trasladando una comunicación del Jefe superior de Palacio, en la que se determinaba que, en las recepciones que se celebrasen en el Salón del Trono, se debían observar las Reales órdenes de 27 de Noviembre de 1861 y 11 de Abril de 1862, sobre precedencias de las Corporaciones o clases que concurren a estos actos; decía así:
Excmo. Señor:
S. M. el Rey (q. D. g.) se ha dignado disponer que en las recepciones generales que se celebren en el salón del Trono se observe, sobre precedencias de las Corporaciones o clases que concurran a estos actos, lo dispuesto en las Reales órdenes de 27 de Noviembre de 1801 y 11 de Abril de 1862, aclaratoria de la anterior, respectiva a los Reverendísimos Cardenales del Sacro Colegio y la práctica seguida desde aquella fecha.
Al propio tiempo ha resuelto S. M. declarar que, en las recepciones que tienen lugar en las Reales habitaciones, no hay puesto alguno preferente, ni puede, por tanto, seguirse orden alguno de prelación entre las jerarquías o clases; por lo cual deben, sin distinción, colocarse los concurrentes en las habitaciones que les corresponda respectivamente, según su categoría; exceptuándose de esta disposición el Gobierno y los Cardenales, que felicitarán a S. M. en las habitaciones interiores, antes de comenzar la recepción.
Las Direcciones generales de las Armas y el Capitán general de Castilla la Nueva, con la Guarnición de Madrid, continuarán siendo recibidos por S. M. como hasta aquí.
De orden de S. M. lo comunico a V. E. para su conocimiento y efectos oportunos.
Dios guarde a V. E. muchos años. Madrid 19 de Octubre de 1880.
El Jefe superior de Palacio,
El Marqués de Alcañices.
Señor Presidente del Consejo de Ministros.
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