
36. Día Nacional del Ceremonial.
Decreto 1574/93.
Día Nacional del Ceremonial.
Decreto 1574/93.
"Nro. 1574 - Buenos Aires, 23 de julio de 1993, VISTO:
Lo acordado por los miembros de las Primeras Jornadas Nacionales de Ceremonial en la Función Pública, que tuvieron lugar en la ciudad de Buenos Aires, del 20 al 22 de abril del corriente año, organizadas por la Dirección General de Ceremonial de la Presidencia de la Nación y el Instituto Nacional de la Administración Pública,
y CONSIDERANDO:
Que los miembros de las referidas Jornadas aprobaron por unanimidad la declaración del 28 de mayo como Día Nacional del Ceremonial; Que la elección del aludido día obedeció al hecho de que el 28 de mayo de 1810 se emitió el primer reglamento protocolar que se ha dictado en el país. Se trata de la "Instrucción para el Despacho y Ceremonial" o "Reglamento para el Ejercicio de la Autoridad de la Junta Provisional Gubernativa del Río de la Plata"; Que la mencionada declaración tiene por objeto poner de relieve la trascendencia e importancia del Ceremonial como elemento imprescindible de la organización de todas las manifestaciones oficiales de las administraciones públicas, marcando, al propio tiempo, el punto de partida para una nueva concepción y conformación del Ceremonial Público Argentino, no sólo como disciplina de organización sino, además, como vehículo incuestionable e inmejorable de elevación y fortalecimiento de la imagen cultural de la Nación; Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 86, inciso 1, de la Constitución Nacional.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA, DECRETA:
Artículo 1.º
Declárase el día 28 de mayo de cada año como "DÍA NACIONAL DEL CEREMONIAL";
Artículo 2.º
De forma. CARLOS SAÚL MENEM, Presidente de la Nación; Gustavo Osvaldo Beliz, Ministro del Interior".
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