
El protocolo de las puñetas
Javier Muñoz Pereira considera una joya de la literatura barroca al Reglamento 2/2004 de Honores, Tratamientos y Protocolo en los Actos Jurídicos Solemnes
foto base Casa de S.M. el Rey
Toda una joya de la literatura barroca: El reglamento de honores, tratamientos y protocolo de los actos judiciales solemnes
Los amantes del boato, la pompa y la circunstancia no pueden perderse el Reglamento 2/2005, de Honores, Tratamientos y Protocolo en los Actos Judiciales Solemnes aprobado por, bien entrado ya el siglo XXI, el órgano de gobierno de los jueces. Toda una joya de la literatura barroca.
Léase por ejemplo el artículo 34.4:
"Los/las Vocales del Consejo General del Poder Judicial, en actos protocolarios solemnes que se celebren en estrados, usarán toga con vuelillos sobre fondo negro, con la medalla e insignias del Consejo General del Poder Judicial y condecoraciones." Delicioso, por cierto, el contraste entre el políticamente correcto "los/las"
y la descripción del vestuario estilo Madame de Pompadour que le sigue.
Pero el artículo 22, relativo al desarrollo del acto de toma de posesión de magistrados de la máxima jerarquía, resulta aún más versallesco. Dice así:
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- El Presidente o Magistrado que va a tomar posesión esperará fuera del Salón de Plenos o de la Sala de audiencia.
- Quien presida anunciará el acto bajo la fórmula: Audiencia pública. Acto de (juramento o promesa y) toma de posesión de Su Excelencia/Su Señoría Ilustrísima D./D.ª.
- A continuación invitará a la persona que apadrina a salir, con la fórmula: Su Excelencia/Su Señoría Ilustrísima D/D.ª se servirá salir para acompañar a su apadrinado o apadrinada.
- Quien apadrine y al nuevo Presidente o Magistrado se colocarán frente a la Sala de Gobierno y saludarán con una leve inclinación de cabeza, primero a la Sala de Gobierno, segundo a los miembros del Tribunal situados a su izquierda, a continuación a su derecha y, por último, al público presente.
- Quien presida dará la palabra al Secretario de Gobierno para la lectura del Real Decreto de nombramiento.
- De haber juramento o promesa, quien presida invitará al nuevo Presidente o Magistrado a que preste juramento o promesa ante la Constitución. (...) Hecho lo anterior, invitará a quien apadrine a que imponga la medalla y, en su caso, placa, con la siguiente fórmula: sírvase imponer a su apadrinado/a las insignias del cargo.
- Quien presida dará posesión al nuevo Presidente de la Audiencia Nacional o Tribunal Superior de Justicia con la siguiente fórmula: Su Excelencia/Su Señoría Ilustrísima se servirá ocupar la presidencia de este Tribunal. Fuera de ese caso se empleará la siguiente fórmula: Su Excelencia/Su Señoría Ilustrísima puede sentarse en los estrados en señal de toma de posesión.
- De ser miembro nato de la Sala de Gobierno, tomará asiento junto con el resto de sus miembros. ( )
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Solo falta un fondo de cortesanos con pelucas empolvadas cuchicheando entre cortinajes rococó, mientras suenan los acordes de un divertissement de Jean-Baptiste Lully. El protocolo de la justicia española, punta de lanza de la modernidad, no se merece peor música.
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