
Protocolo. Jefatura de servicios. Diputación de León.
Normas de usos, costumbres, etiqueta y ceremonial por la que habrán de regirse todos los actos que, con carácter oficial, celebre la Excma. Diputación Provincial de León.
Protocolo.
Normas de usos, costumbres, etiqueta y ceremonial por la que habrán de regirse todos los actos que, con carácter oficial, celebre la Excma. Diputación Provincial de León, dentro de su palacio, a los que asista fuera de él, bien sea en corporación o por representación de alguno de sus miembros, se regirá por el protocolo oficial español.
Jefatura de servicios.
El Servicio de Etiqueta y Protocolo, dependerá de la Secretaría General y será designado por la Presidencia, a propuesta del Sr. Secretario, un funcionario que ostentará la Jefatura de Protocolo y que, a ser posible, recaerá en un Jefe de Negociado. Como se desprende de la delicada misión que le está reservada, aparte de una buena educación, son de tener en cuenta también, las cualidades de discreción y un especial tacto, por estar en relación frecuente con el señor Presidente, Diputados y Autoridades, por lo que es muy conveniente la continuidad en el cargo, pues aparte de la preparación administrativa indispensable para todo cargo burocrático, se requieren en él ciertos y determinados conocimientos que se adquieren principalmente con la constante práctica que el cargo proporciona, ya que sobre esta materia, la legislación es escasa, debiéndose fundamentar su actuación en la tradición, costumbres y reglas establecidas por el uso.
Habrá un Diputado Inspector de Servicios de Etiqueta y Protocolo. Las funciones que incumben a dicha Jefatura, son las siguientes:
1. Dar cuenta a la Presidencia (bien directamente o por mediación de la Secretaría General, o de la Particular) de las invitaciones recibidas para los diversos actos, y ponerle en antecedentes sobre las mismas.
2. Cursar las contestaciones en sentido de delegar representación en algún Diputado o excusar su asistencia.
3. Acompañar al Sr. Presidente o Diputados a los actos oficiales, hacer las presentaciones de rigor y cuidar de su colocación en el sitio que les corresponda.
4. Informar al Sr. Presidente sobre las visitas protocolarías que deban de efectuarse, ya sea personalmente o la Corporación en pleno, según los casos.
5. Organización absoluta de todos los actos oficiales que celebre la Diputación en su Palacio o fuera de él.
6. Recibir a la entrada del Palacio a las personalidades que tengan anunciada su visita, o en las recepciones que se celebren, y acompañarles si desean visitar sus dependencias, explicándoles la historia e interés artístico del edificio, avisando (si el interés lo requiere) al señor Cronista de la provincia.
7. Recordar al Sr. Presidente o Diputados (previa la confección de listas conducentes a precisión de fechas) las felicitaciones que deben cursarse a las Autoridades nacionacionales, provinciales y locales en sus fiestas onomásticas, Navidad, nombramientos o sucesos que lo requieran.
8. Ordenar la ornamentación de la escalera y balcones y colocación de la bandera en los días señalados.
9. Disponer los servicios y vestuario del personal subalterno para los actos que se celebren en el Palacio o fuera de él.
10. Vigilar el estado de los uniformes del personal y proponer su renovación cuando sea necesario.
11. Custodiar y preparar las insignias para uso de los señores Diputados en las ocasiones que hayan de ostentarse, e indicarles el traje apropiado para cada ceremonia.
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