De los derechos de los Diputados y Diputadas de Cantabria.
RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2007, de la Presidencia del Parlamento de Cantabria, por la que se publica la Reforma del Reglamento del Parlamento de Cantabria.
De los derechos de los Diputados y Diputadas de Cantabria.
.
Artículo 7. Dignidad y tratamiento.
1. La condición y dignidad de Diputado o Diputada se corresponde con la de representante del pueblo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. Todas las autoridades y sus empleados públicos deberán guardar el respeto debido a los Diputados y Diputadas y facilitarles el ejercicio de su función.
3. Los Diputados y Diputadas, en los actos oficiales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, gozarán de la precedencia debida a su condición y dignidad. Los servicios de la Cámara velarán para que el rango y precedencia de los Diputados y Diputadas sea respetado en todos los actos oficiales.
4. Los Diputados y Diputadas recibirán los siguientes tratamientos de honor:
a) El Presidente tendrá el tratamiento de Excelentísimo.
b) Los restantes Diputados y Diputadas tendrán tratamiento, respectivamente, de Ilustrísimo e Ilustrísima.
c) En los actos parlamentarios, los Diputados y Diputadas emplearán el tratamiento de Señoría.
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
El protocolo militar es estricto y no admite vueltas de hoja.
-
Breve introducción al tema de la administración local y sus principales órganos de gobierno. Los Municipios. Elección de los representantes.
-
Los tratamientos debidos a los alcaldes, concejales y los demás miembros que forma la Corporación Municipal.
-
Información de protocolo del Ayuntamiento de Pamplona -Iruñeko Udala- sobre los tratamientos a diversas autoridades
-
Encuesta sobre el protocolo que se sigue en las distintas capitales de provincia. Diferencias de aplicación y de opinión según cada responsable del Protocolo Municipal.
-
Ceremonial de la toma de posesión. Protocolo en la toma de posesión de los Alcaldes. Desde el mandato a la constitución de las Corporaciones Locales.
-
Fijado el diseño del acto, el material a solicitar y disponer para su normal desarrollo está en función a las características concretas del acto
-
Ceremonial de hermanamiento. Protocolo a seguir. Requisitos para el hermanamiento entre ciudades y su protocolo. Gestión de fines comunes beneficiosas para el conjunto de las comunidades vecinales.
-
Las provincias españolas deberán ser citadas con la denominación oficial que el ordenamiento jurídico determina
-
Los símbolos en el ámbito municipal. Desde la bandera al escudo heráldico. Banderas, medallas, veneras, insignias ...
-
Las invitaciones se confeccionan unas tarjetas tamaño 10 x 21 realizadas en papel de alto gramaje y con el escudo de la Villa
-
Su ordenamiento. Organización protocolaria. Artículo sobre la colocación de autoridades en los ayuntamientos y las principales reglas de la organización protocolaria