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H. EL NUEVO RÉGIMEN Y LA SOCIEDAD DE CLASES: Cambios en el marco de referencia de las buenas maneras. I.

Cambios en el marco de referencia de las buenas maneras.

La civilización del comportamiento. Urbanidad y buenas maneras en España desde la Baja Edad Media hasta nuestros días
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VII. EL NUEVO RÉGIMEN Y LA SOCIEDAD DE CLASES: Cambios en el marco de referencia de las buenas maneras.

1. Introducción.

A finales del siglo XVIII el sistema del Antiguo Régimen se halla en trance de desaparición. Nuevas condiciones sociales, políticas, económicas y culturales alientan su paulatino desvanecimiento, que habría de concretarse a lo largo de los siglos XIX y XX. Se trata de un proceso de cambio en el que el ya desgastado Antiguo Régimen deja paso a uno nuevo.

Lo que se pretende con este capítulo es ofrecer una exposición sintética del conjunto de transformaciones sociales que experimenta España a raíz de la disolución progresiva del Antiguo Régimen además de apuntar los contrastes existentes entre el nuevo periodo que se inaugura y aquél que paulatinamente va a ser dejado atrás, esto es, los contrastes entre Antiguo y Nuevo Régimen. Me interesa tan solo señalar los contrastes significativos en relación con el objeto central de esta investigación que no es otro que los códigos sociales de buenas maneras. La pertinencia de este capítulo se justifica por la necesidad de encuadrar histórica y socialmente los códigos que pretendo analizar. Similar operación realicé con los anteriores fin de que fuesen entendidos en su contexto sociohistórico. Análogamente, procedo de la misma forma antes de entrar en el análisis de los códigos restantes.

2. El Nuevo Régimen.

La noción de Antiguo Régimen goza de mayor difusión y acaso mejor aceptación que la de Nuevo Régimen en el campo de las ciencias sociales y humanas. Así como pueden encontrarse numerosos ejemplos bibliográficos que hacen un uso recurrente de la primera noción, escasean aquellos que se refieren a la segunda. No pretendo, en cualquier caso, sentar las bases para una definición exhaustiva de la noción de Nuevo Régimen. Lo que pretendo es caracterizar la situación que se inaugura como una situación en lo fundamental contraria al universo que define el Antiguo Régimen efectuando esta operación a partir de lo aportado por diferentes autores. Esto es, los rasgos que a continuación consignaré no son más que el anverso de los que caracterizaban al Antiguo Régimen. Aunque habré de enumerarlos de forma global y sintética sin posibilidad de desarrollar un estudio en profundidad, sí creo que pueden servir como factores orientadores para el conocimiento de la nueva situación que se presenta (Nota: El paso del Antiguo al Nuevo Régimen ha sido tradicionalmente estudiado tomando como modelo de referencia el paradigmático caso francés, mediado por un proceso de naturaleza revolucionaria. El arquetipo explicativo francés no puede trasladarse sin más a nuestro país, donde las condiciones sociopolíticas difieren en gran medida de las existentes en el país vecino. Según Gil Novales (1986: 1526), en Francia resultaron elementos decisivos para tal paso el carácter revolucionario de la burguesía, la incidencia del ideal ilustrado y el movimiento de contestación a la monarquía absoluta según Gil Novales. En España, el influjo del ideal ilustrado es notablemente menor y presenta un acusado carácter aristocrático. Por añadidura, la burguesía careció de ímpetu revolucionario haciendo gala de un espíritu moderado y de connivencia con la monarquía absoluta a la vez que contempló con indiferencia los acontecimientos de 1789. Los grupos dirigentes lograron la no-radicalización del movimiento opositor al orden tradicional. Las reformas en nuestro país fueron prudentes y moderadas proporcionando estabilidad a la monarquía, a la nobleza y al clero, esto es, estabilidad a los habituales beneficiarios de privilegios. De este modo, la burguesía española sólo anunciará la necesidad de reformas no inspirada en los sucesos del país galo sino como consecuencia de la pérdida de las colonias de Ultramar, mercado hacia el cual se orienta preferentemente a la hora de emprender negocios. Como señala Fontana (1978:353; 1979:18), en España la quiebra del Antiguo Régimen no acontece al uso francés sino que responde más a la incapacidad para solventar problemas básicos de articulación económica, política y social.. Una postura contraria a la de Fontana puede encontrarse en Castells y Moliner (2000:9 y ss.) donde se defiende la existencia en España de una revolución burguesa de inspiración francesa aunque más dilatada o espaciada en el tiempo. Artola (1989) estudia detenidamente de qué modo se tradujeron las influencias revolucionarias francesas en nuestro país, especialmente entre el grupo de los denominados "afrancesados". Aportaciones complementarias para esta cuestión son García y Serna (1994), Romeo Mateo (1993) y Serrano García (2001)). De acuerdo con esto, el Nuevo Régimen puede caracterizarse en lo político, lo social y lo económico de acuerdo con los siguientes rasgos:

- Construcción y desarrollo de un nuevo modelo de Estado. Resulta vital hacer referencia al mismo pues el proceso civilizatorio no puede comprenderse sin su presencia. Al tratarse de un elemento fundamental, me limito aquí a su presentación para desarrollarlo más adelante en un epígrafe propio (véase epígrafe 2.1)

- Presencia de sistemas políticos liberales-democráticos. Dichos sistemas contemplan una división tripartita del poder -legislativo, ejecutivo y judicial-, proclaman un principio de representatividad -la soberanía reside en el pueblo que elige al gobernante y éste gobierna en representación de los electores-, establecen principios de parlamentarismo -con la habitual distinción entre una cámara alta y una cámara baja- y promulgan una Constitución como ley de leyes.

Los primeros intentos democratizadores advienen con la Constitución de Cádiz de 1812, frustrados el divorcio entre los grupos dirigentes y el grueso de la población, el caciquismo de la Restauración (1874-1923), la intervención en sentido inmovilista de la Iglesia católica y la acción del ejército, de intención liberal en el siglo XIX y de corte reaccionario en el XX. Tanto la Restauración como la dictadura de Primo de Rivera son incapaces de habilitar cauces de participación política popular, circunstancia que sí tiene presente el intento reformista de la II República (1931-1936), la cual sucumbiría frente a la reacción antidemocrática y autoritaria encabezada por el dictador Franco. Tras la Guerra Civil (1936-1939), se inaugura un periodo dictatorial de supresión de libertades políticas. El régimen franquista no buscó tanto una movilización constante de sus partidarios, defensores y adeptos como el logro de una obediencia social pasiva mediante la despolitización de la vida pública. (Flaquer, Giner y Moreno, 1990:27). La muerte del dictador en 1975 permite el desarrollo de una transición democrática culminada con la aparición de una Constitución (1978), la posibilidad de comicios electorales, el sufragio universal, la libre concurrencia a los mismos de partidos políticos y la alternancia en el poder de gobiernos de diferente signo ideológico.

- Institucionalización de una sociedad de clases. Se rompe con el sistema de estratificación estamental, se anuncia la igualdad esencial de todos los seres humanos y se configura una sociedad de clases en torno a criterios de adquisición -frente a los criterios adscriptivos que rigen la sociedad estamental del Antiguo Régimen- como el mérito y la posesión de recursos económicos. De esta manera resultan favorecidas la movilidad y la promoción sociales. Se racionaliza y homogeneiza el ordenamiento legal de tal modo que la pluralidad jurídica reinante en el Antiguo Régimen desaparece en nombre de una unificación legal en la que ya no existen privilegios para unos pocos. Las leyes son aplicadas por igual a todos los ciudadanos -la categoría "ciudadano" reemplaza a la de "súbdito"- sin efectuar distingos en función de su posición social.

El término "clase social" es un término extraordinariamente connotado. En un sentido inicial, cabría entenderlo como mera designación tipológica de las variedades existentes dentro de un sistema de estratificación. Sin embargo, no cabe duda de que se trata de un término de connotaciones variadas. De esa variedad nace la controversia. No en vano, en tanto término, enciende subjetividades y opiniones contrarias desde el mismo instante en que comienza a generalizarse su uso a partir de 1789, con ocasión del acontecimiento capital que fue la Revolución Francesa como fenómeno de contestación al orden tradicional del Antiguo Régimen. Su carga connotativa aumenta cuando, posteriormente, Marx emplea este término de forma recurrente en su programa teórico y se aviva definitivamente al calor de los conflictos sociales derivados del proceso de industrialización de las sociedades occidentales (Tezanos, 1990:309). Así pues, en la aproximación a este término resulta preciso prescindir de tan acusado lastre connotativo. La estratificación por clases es sólo una de entre las muchas variantes estratificadoras que pueden existir. Si la estratificación estamental respondía básicamente al hecho del nacimiento como criterio asignador de la posición social y por ello ésta es de naturaleza esencialmente adscriptiva, la estratificación por clases responde a criterios económicos -sin perjuicio de otros factores de cariz político o cultural (Giner, 1997:138)- y se encuentra históricamente ligada al desarrollo del capitalismo (Tezanos, 1990:309 y Giner, 1997:138).

Según esto, las diferencias de un modelo de estratificación por clases respecto a un modelo estamental resultan meridianamente claras. Las clases sociales son de significación económica y no responden en su configuración a disposiciones jurídicas o religiosas como ocurría en el caso de la sociedad estamental. Tampoco se basan en condicionamientos heredados de la costumbre o la tradición. La sociedad de clases, al no determinar la posición social del individuo en virtud de factores adscriptivos, posibilita mayores niveles de movilidad social que los que permite la sociedad estamental. En comparación con la sociedad de clases, la movilidad social que se da en la sociedad estamental es prácticamente nula. Los movimientos en una sociedad de clases son más fluidos y la distinción y límite entre clases ya no son tan diáfanos como en una sociedad estratificada por estamentos. La clase a la que pertenece un individuo depende de factores de naturaleza adquirida (instrucción, esfuerzo, mérito...) relacionados en mayor o menor medida con el control y posesión de recursos económicos. Súmese a esto que gran parte de las relaciones personales que se establecen no están ya mediadas por vínculos de obligación, servidumbre o sumisión sino por vínculos igualitarios desarrollados a partir de la libertad contractual.

 

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