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Las relaciones de méritos en los memoriales

A la relaciones de méritos deben acompañar los documentos originales pertinentes

El arte epistolar. Reglas teórioc-prácticas para escribir. 1819
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Las relaciones de méritos en los memoriales

Los memoriales más sencillos, pueden expresarse , como se ve en pocas palabras.

Las relaciones de méritos de esta especie de solicitudes, así como las de prevendas ecleciásticas, y todas las que se dirigen por Gracia y Justicia, está mandado que sean impresas, y deben a este fin presentarse los documentos originales en la secretaría de la cámara y real patronato, para que las autorice el oficial mayor de ella.

Por regla general toda instancia que se promueva debe dirigirse por la secretaría de estado del despacho a que corresponda, según el ramo a que perteneciere, y los documentos justificativos de los méritos y servicios que la acompañaren, han de ir testimoniados por un escribano, y la firma de éste legalizada por otros dos. Siempre que se puede evitar enviar los documentos originales, debe hacerse, porque algunas veces se pierden o se extravían en las secretarías. Lo mejor es suplir con copias testimoniadas en la forma arriba d¡cha.

Los militares suelen enviar las copias certificadas por Comisarios de Guerra, o bien por los mayores de sus cuerpos con el visto bueno del primer jefe.

Todo aquel que esté empleado, sea por el ramo que fuere, está obligado a entregar el memorial para S.M. a su inmediato superior; el cual deberá con su informe dirigirlo al otro más inmediato, para que de uno en otro llegue al secretario de estado, y del correspondiente despacho.

Todos los jefes, por cuyo conducto van pasando, tienen que poner su informe marginal, y algunos deben acompañar un extracto o resumen de la instancia.

En los informes se pone la fecha al fin, así como en los decretos al principio. La fórmula de los informes es como sigue:

SEÑOR.

Es cierto (o no lo es) cuanto dice el suplicante, cuya aplicación, conducta, y talentos le constituyen acreedor a la gracia que solicita. V.M., sobre todo, se dignará resolver lo que fuere de su soberano agrado.

Zaragoza 20 de Junio de 1818.

Señor.
Firma.

Si el superior o jefe inmediato no quisiera dar curso a una solicitud, por razones que al suplicante no le parecieran justas, podrá en tal caso remitir en derechura el memorial al jefe inmediato del otro que se negó a dirigirlo; pero deberá ir acompañado de un oficio en que le exponga las razones que le han precisado a prescindir de su inmediato.

 

Nota
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