Autor
Fernando Ramos Fernández. Profesor titular de la Universidad de Vigo.
(Debate) Suprimir los tratamientos, una medida inútil e ineficiente.
(Debate) El uso de los tratamientos, y la corrección en los mismos, es sinónimo de urbanidad y cortesía.
Decía Napoleón que "gobernar es establecer prioridades". La decisión del actual gobierno de suprimir los tratamientos a las autoridades públicas constituye una prueba de que en el gabinete socialista que ostenta el poder no sigue aquella máxima del magnífico corso. No parece que entre los problemas más apremiantes del país figure precisamente esta cuestión, ni que sea una de las pesadillas que quite el sueño a los ciudadanos que se mantengan estos viejos usos y fórmulas en el lenguaje protocolario. Pero la decisión tiene una trascendencia jurídica, histórica y cultural que requiere algunas reflexiones previas para concluir que, a nuestro entender, es innecesaria, inútil y ineficaz, y que va a producir una serie de efectos en cadena que pueden afectar seriamente a arraigadas tradiciones que constituyen corpus y sustancia de numerosas instituciones públicas.
La revisión -a la baja- que se viene haciendo sobre el entramado institucional español constituye en realidad el desmantelamiento de espacios de representación cultural que afecta a tradiciones, símbolos, efemérides, usos y costumbres que constituyen la urdimbre de nuestra propia personalidad colectiva, de nuestras peculiaridades más específicas. Y estos bienes culturales se están suprimiendo a cambio de nada. Ora se reforma un escudo de armas de una institución para agradar a un colectivo minoritario, desposeyendo de sentido un determinado emblema; ora se retira una estatua de la iconografía tradicional española, ya se deja de celebrar una fiesta popular o se le da la vuelta al sentido que tradicionalmente poseía.
Como dice el doctor Juan Raposo, especialista en estas materias, a las que lleva dedicado largos años de estudio: "El uso de los tratamientos, y la corrección en los mismos, es sinónimo de urbanidad y cortesía, favorece las relaciones sociales y administrativas, y en última instancia, entiendo que hace más fácil la vida, y colma a veces, el sano orgullo de quien desempeña un cargo o una actividad representativa, constituyendo un motivo de distinción para quien lo recibe sin que suponga carga alguna para el erario público".
En este sentido, Raposo recuerda que la política debe de ser inseparable de la civilidad, y ambas no cabe entenderlas sino dentro de unas formas, de unas maneras, de una cortesía. En nuestra tradición histórica existieron tratamientos ya desaparecidos como los de "Muy Alto", "Poderoso", "Inclito y Perínclito", "Pariente Mayor", "Ciudadanos Honrados" y "Hombre bueno". Y como bromea el autor citado, quizá desaparece porque tales casos escasean.
La decisión del Gobierno Zapatero de suprimir los tratamientos honoríficos a las autoridades de la Administración General del Estado (El propio presidente del Gobierno y sus ministros pronto dejarán de ser excelentísimos señores o excelentísimas señoras, y habrá que llamarles simplemente señor o señora) abre un curioso debate en el que los autores de la medida no habían caído. Es de suponer que poco a poco, la norma se vaya extendiendo al resto de las instituciones. Si se suprime el tratamiento augusto a un ciudadano común que, por ejemplo, ha llegado a ser diputado, porque sus conciudadanos lo han elegido para representarlos, ¿qué hacemos con los tratamientos asociados a los títulos nobiliarios o a la misma Familia Real? Lo congruente será suprimirlos también siguiendo el mismo razonamiento lógico.
"El Código para el Buen Gobierno del Gobierno", además de estar mal redactado y de confundir el sexo de las personas con el género de las palabras, es un prontuario de buenas intenciones, cuya aplicación, en la parte realmente magra, precisaría más concreción jurídica. La medida, por ahora, no afectará a otras Administraciones, es decir, a las de las Comunidades Autónomas y entidades locales. Ni son afectadas con esta iniciativa otras instituciones como las Cortes Generales, el Tribunal Constitucional, el Poder Judicial o las Universidades, cuyos rectores no sólo son excelentísimos sino también magníficos.
Así pues, seguirá habiendo bastantes excelentísimas e ilustrísimas autoridades. Pero parece fuera de toda duda que de la supresión alcanzará antes o después a todos. Y tendrá un efecto curioso: los ciudadanos comunes ya no podrán aspirar a ser excelentísimos, por muy elevadas funciones que ejerzan, mientras habrá otros que se podrán denominar Grande de España, condes, duques o príncipes…
Es de destacar, pues, que lo que se suprime -como medida modernizadora- son los tratamientos honoríficos de quienes reciben el tratamiento como consecuencia de haber sido designados para ocupar un cargo en la Administración del Estado, los que son nombrados por un gobierno, cuyo presidente ha tenido que recibir previamente la confianza de la cámara donde reside la soberanía de la nación. Pero nada afecta tal medida de otros tratamientos todavía de menor justificación, como quienes heredaron un título por ser simplemente hijos de su padre.
Cabe recordar que en España, los tratamientos más usados para dirigirse a las autoridades eran "Excelentísimo" e "Ilustrísimo". Como explica Raposo, el término "Excelentísimo", constituye un tratamiento de cortesía, que gramaticalmente merece la consideración de superlativo del adjetivo "excelente". Significa la cualidad de lo excelente en sumo grado que tienen los o se atribuye a los espíritus celestiales. Dicho tratamiento es aplicable a personas o Corporaciones (de generalizado uso en la Administración Local), y comenzó a utilizarse a principios del siglo XVI para designar a los Grandes de sangre real. La Ley 1ª, Título XII de la Novísima Recopilación, en su artículo 11 dice que este tratamiento "... es el mayor que permitimos a la más elevada esfera y el más distintivo en nuestros dominios". En cuanto a su utilización, va acompañado de "Señor" y del "Don", tratándose de nombres, y sin el "Don", y aún sin el "Señor", refiriéndose a Títulos del reino. Tiene como variantes las de "Vuecencia", "Su Excelencia" y "Excelencia".
"Ilustrísimo" es superlativo de Ilustre. Se aplica a las personas de elevada categoría. Se asocia con nobleza esclarecida, insigne, célebre: Desde el siglo XIII ya estaba en uso en España dándose originariamente a los Emperadores y a los Reyes en el Reino de Aragón, y extendiéndose posteriormente a los Virreyes, Arzobispos, Grandes, Titulados y Señores Jurisdiccionales, hasta el punto de que era considerado de mayor dignidad que el de "Excelentísimo", que posteriormente ha sido tenido en superior categoría. Así, Gaspar de Texeda dice que "A los grandes de España, Condestable, Almirante, y todos los duques, marqueses, y condes de alto estado; siempre Ilustrísimo, y a los demás señores no tan grandes, Muy Ilustre". Este tratamiento va seguido siempre de "Señor", y de "Don", si se refiere a nombres de personas, desapareciendo el "Don" al designarse algún título, dignidad eclesiástica o cargo oficial o de honor.
En el "Manual de estilo del lenguaje administrativo" (Ministerio para las Administraciones Públicas, Madrid, 1990) pp. 143-144 se señala que "A pesar de las disposiciones oficiales que prescriben el uso de tratamiento personal en la Administración Pública (Orden Ministerial de de julio de 1986, publicada en el Boletín Oficial del Estado del 22 de julio), la pervivencia de estos usos en los documentos constituye un fenómeno curioso que demuestra hasta qué punto existe una fijación social en la acuñación y el uso de estas fórmulas. Por consiguiente, parece adecuado recomendar a aquellas personas que se relacionen con funcionarios públicos en el desempeño de sus puestos de trabajo la supresión de toda clase de tratamientos personales de carácter honorífico, desde Director General para abajo en la escala jerárquica, anteponiendo a la denominación de su empleo o cargo la fórmula normal de SEÑOR (Sr. Director General; Sr. Jefe de Sección...), lo que refuerza de manera simbólica la idea de que los puestos de trabajo en la administración pública no poseen un carácter reverencial, sino que están servidos por hombres y mujeres a los que la colectividad remunera para que presten el mejor servicio posible a los ciudadanos y a los que hay que dar un trato normal de cortesía en consonancia con los modos sociales actuales."
En este caso, parece que se confunden las cosas: una son los funcionarios públicos que ejercen un trabajo en la Administración del Estado, y otras las autoridades que representan a las instituciones y, particularmente, constituyen el órgano colegial donde reside la soberanía nacional que antes o después se verá alcanzado por esta ola de modernidad que ha lanzado la Moncloa sobre el país.
Conservar estos tratamientos honoríficos era una forma más de mantener una vieja tradición española. Cierto que la medida afecta solamente, de entrada, a los altos cargos de la Administración General del Estado, pero es fácil deducir que por coherencia o analogía antes o después alcanzará a todos los demás cargos que hoy conservan y ostentan alguna clase de tratamiento honorífico y protocolario. ¿Servirá todo esto para que el aparato del Estado funcione mejor y los españoles seamos más felices?
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