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(Debate) El bautismo civil. Ceremonia de imposición de nombre. Carta de ciudadanía.

(Debate) Las ceremonias civiles están ganando terreno a las ceremonias religiosas en el ámbito social.

 

Un nuevo paso hacia la sociedad laica es el bautizo civil. Se despoja de todo matiz religioso a la ceremonia del bautismo, convirtiéndolo en un acto civil. La diversidad de opiniones está en la sociedad. El bautizo civil es una opción laica al bautizo religioso.

La ceremonia la oficia el Alcalde, o algún Concejal y es una ceremonia, como casi todas las ceremonias civiles, breve. El oficiante lee los artículos 6, 12 y 27 de la Declaración de los Derechos del Niño, aprobada por las Naciones Unidas en noviembre de 1989.

Artículo 6.

1. El niño tiene derecho a la vida.
2. El niño tiene el derecho a desarrollar de modo completo su propia personalidad.

Artículo 12.

El niño debe ser escuchado cada vez que se toman decisiones que lo afectan directamente.

Artículo 27.

El niño tiene el derecho de crecer bien física, mental, espiritual y socialmente.

Posteriormente se lee el Artículo 27 de la Constitución Española (1978), en muchos casos, solamente el punto primero de dicho artículo,

Artículo 27.

1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.

5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.

6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.

7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la Ley establezca.

8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las Leyes.

9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la Ley establezca.

10. Se reconoce la autonomía de las Universidades en los términos que la Ley establezca.

Los padres y/o padrinos pueden decir unas palabras, muy breves, de agradecimiento y de compromiso por defender los derechos del niño. Los padres o padrinos pueden elegir algún texto que les parezca interesante para leer durante la ceremonia. Incluso, en algunos casos, pueden elegir alguna pieza de música determinada.

Al finalizar el acto, el niño recibe la "carta de ciudadanía", que es un reconocimiento de su estatus de ciudadano. El bautismo civil, o laico, como algunos han dado en llamarlo, no es más que un acto de bienvenida a la comunidad de un nuevo miembro, que es tenedor de una serie de obligaciones y derechos.  La ceremonia civil de otorgamiento de carta de ciudadanía compromete a sus padres, padrinos o tutores a defender los derechos del pequeño. Esta ceremonia está pensada para niños hasta los seis años.

Posteriormente a la ceremonia, como en cualquier otro bautizo, bien sea civil o religioso, se agasaja a los invitados con un almuerzo, cena, lunch o celebración similar, y se hacen regalos al bautizado.

En cuanto al vestuario, cualquier tipo de etiqueta cabe en un acto de este tipo, siempre que los propios organizadores no indiquen algún requisito previo para sus invitados. Generalmente el vestuario es formal, traje de corbata para ellos, y vestido corto o de cóctel para ellas.

Las invitaciones, pueden ser formales, por medio escrito (invitación o carta), o bien pueden ser personales y directas por medio de un encuentro personal o una llamada telefónica. Eso depende de los propios padres y padrinos. La elección de los padrinos es también potestativa de los padres del niño.

El bautismo civil, también denominado laico o republicano, por algunos autores, parece que fue creado en Francia, en tiempos de la República, por contraponer al acto religioso uno de carácter civil. Esta actitud, reaccionaria según algunos, fue el origen del bautismo civil (Estrasburgo, 1970), que ha servido de base para su implantación en España.


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