Fuente
Administración Local.
(Debate) Protocolo de hermanamiento de dos ciudades. Sahagún (León) y Tineo (Asturias)
(Debate) Ejemplo de protocolo de hermanamiento de dos ciudades del norte de España, de dos autonomías distintas.
En muchas ocasiones, hechos, acontecimientos o personajes históricos hacen que dos pueblos se sientan unidos por unos vínculos que se remontan a un pasado que, aunque lejano, no por ello deja de tener vigencia. Este es el caso de Sahagún y Tineo, que, separados por la distancia, les une ese camino que vertebró Europa a lo largo de muchos siglos y que hoy sigue siendo un referente cultural y turístico: el Camino de Santiago.
El Camino Francés y el Camino del Norte forman parte de ese gran proyecto que sigue siendo la Unión Europea. Tanto Sahagún como Tineo se convirtieron en lugar de paso y también de reposo.
La influencia cluniacense se ha dejado notar en Sahagún, la cisterciense en Tineo; pero son manifestaciones ideológicas y artísticas que han dado un poso histórico a los dos pueblos. Estas aportaciones no separan, sino que unen a estos dos pueblos a través del tiempo y del Camino de Santiago.
Las llanuras de Sahagún contrastan con las montañas de Tineo; el ocre y amarillo con el verde. Anverso y reverso de una moneda. Dos pueblos con una población similar, donde la agricultura y ganadería tienen un peso específico importante, y esta dedicación conforma mujeres y hombres fuertes, que hacen de la sobriedad y el esfuerzo una forma de vida. Porque si algo caracteriza a nuestras gentes es la capacidad de trabajar, de acoger a quienes a ellos se acercan y luchar por un futuro mejor. Somos dos pueblos con historia, con raíces, con tradiciones que deseamos compartir.
Pero la historia sólo es un punto de partida. El presente hace necesario que Tineo y Sahagún establezcan unos lazos que los unan aún más. Las ciudadanas y ciudadanos de nuestros pueblos demandan la realización de un acto que destaque los vínculos afectivos que nos unen desde hace casi cuarenta años.
Todo empezó por el amor de una persona a nuestros pueblos, Faustino Feito, quien ha sido el alma mater de este feliz encuentro entre nosotros. De aquellos partidos de fútbol se ha pasado a visitas a la Feria de San Simón o a la Feria de Muestras de Tineo, y siempre destacando la presencia y convivencia de vecinos de uno y otro lugar. Porque eso son los hermanamientos: no un acto simbólico, sino el conocimiento y reconocimiento del otro.
Con este acto institucional queremos representar el respeto mutuo que nos tenemos y, sobre todo, deseamos expresar nuestro más ferviente deseo de que las relaciones se intensifiquen entre las personas, entidades y organizaciones de todo tipo.
De este hermanamiento sólo puede fructificar algo bueno. La diversidad es enriquecedora, y Tineo y Sahagún no son desconocidos. Este acto es un fruto de ese reconocimiento previo y el deseo de profundizar en él.
Teniendo en cuenta todo lo anteriormente expuesto, se propone la firma del siguiente
Los Municipios de Sahagún (León) y Tineo (Asturias), y en su nombre los Alcaldes de los dos municipios, José Manuel Lora García y Marcelino Marcos Líndez, respectivamente, conscientes de los vínculos de amistad y solidaridad que existen entre ambos y convencidos de que la mutua colaboración los beneficiará mutuamente, y será una forma de profundizar en la unión territorial, han decidido formalizar el presente protocolo de hermanamiento, convencidos y conocedores ambos municipios de:
1. Que las relaciones de hermanamiento constituyen un elemento fundamental para un mejor conocimiento y colaboración entre los pueblos, contribuyendo a reforzar, favorecer y promover la amistad y la paz.
2. Que el establecimiento y la instauración de relaciones permanentes de cooperación e intercambio entre ciudades representan un estímulo para todos los sectores que forman el tejido civil, social y económico.
3. Que la formalización de este hermanamiento favorecerá el establecimiento de una estrecha colaboración entre los dos Ayuntamientos, que se traducirá en un beneficio espiritual y material para sus gentes.
4. Que el fortalecimiento de las relaciones entre ambas ciudades contribuye activamente a la plena construcción de la España de los ciudadanos.
5. Que ambos pueblos, a través de sus legítimos representantes presentes en este acto, consideran que no es suficiente la simple firma de este documento para que el hermanamiento cobre todo su sentido, sino que es preciso, además, que comprometa a toda la población de los dos municipios de tal forma que llegue a ser un elemento permanentemente dinamizador de la vida de los mismos, demostrativo de que es mucho más fuerte lo que infunde que lo que nos pudiera separar.
Y para ello
Primero: Los Ayuntamientos de ambas villas, Sahagún y Tineo afirman la unánime decisión de mantener relaciones de amistad, unión y fraternal hermandad para conseguir el progreso, el desarrollo y el bienestar de ambos pueblos, unidos en mutuos deseos de convivencia.
Segundo: Ambas Corporaciones se comprometen a colaborar para fortalecer las relaciones inspiradas en la igualdad, la paz y la prosperidad, tanto culturales como deportivas, sociales, turísticas y económicas.
Tercero: Ambos Ayuntamientos apoyarán la organización de encuentros sociales que redunden en la formación integral de ambos municipios; juveniles, culturales, artísticos, deportivos, etc. En particular, se fomentará el intercambio turístico del que participan jubilados y discapacitados.
Cuarto: Ambos Ayuntamientos se comprometen a posibilitar el intercambio de experiencias, iniciativas y soluciones a sus problemas comunes. Con el fin de lograr un conocimiento recíproco más amplio que sea fundamento de los intercambios, de la difusión recíproca de sus atractivos y recursos turísticos y de los proyectos a desarrollar (acciones promocionales, culturales y comerciales de sus respectivas áreas de influencia), los representantes de ambos municipios encargados de la ejecución de este protocolo dispondrán que se efectúe el envío periódico de información y documentación de ambas villas y que se lleve a cabo la distribución del material recibido entre los responsables y técnicos de las áreas interesadas.
Quinto: Ambos Ayuntamientos prestarán, en el marco de sus posibilidades, el máximo apoyo y colaboración en aquellas iniciativas de alianza estratégica entre empresas de ambas partes, y promoverán en su ámbito de competencia acciones en materia de transferencia tecnológica en las distintas áreas empresariales y en la puesta en marcha de programas para la inversión industrial, como una forma de contribuir a la intensificación de las relaciones económicas y empresariales entre los municipios de Sahagún y de Tineo.
Sexto: Sin perjuicio de los comités de hermanamiento que puedan establecerse en los respectivos municipios para velar por el cumplimiento del presente protocolo de hermandad y su desarrollo, se establece un consejo permanente de hermanamiento, compuesto por los dos alcaldes de los Ayuntamientos aquí representados y de otros dos miembros designados por ellos, uno de cada municipio.
Séptimo: Se propone el desarrollo de fórmulas participativas que permitan aunar esfuerzos en la ejecución de proyectos comunes en diversos ámbitos -culturales, sociales, educativos, empresariales, comerciales y turísticos- a iniciativa de los pueblos mancomunados, como modelo asociativo para la gestión de servicios públicos. Es importante promover la participación del tejido asociativo de los dos municipios, lo que hace posible que la solidaridad que está en la base del hermanamiento impregne al conjunto de la sociedad.
Octavo: Cada uno de los dos Ayuntamientos procederá a reflejar en sus ordenanzas fiscales que los vecinos de la villa hermanada tendrán los mismos derechos que los de la propia.
Noveno: Se hará ostensible el hermanamiento mediante la colocación de un cartel visible a la entrada de ambas villas que dé cuenta del mismo. Así mismo, en el plazo de cuatro años, ambos Ayuntamientos se comprometen a dedicar el nombre de una vía pública de las villas de Sahagún y Tineo al municipio hermanado.
Décimo: Las relaciones se desarrollarán mediante un programa, que será elaborado anualmente.
Undécimo: La presente carta de hermandad, así como el hermanamiento efectivo de ambas villas, entrará en vigor el día de la firma del presente protocolo, y tendrá una duración indefinida. No obstante, cada cuatro años los representantes de ambas localidades procederán a su revisión, para introducir las modificaciones que fueran precisas.
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