Autor
Antonio de Castro y Casaleiz. 1886.
Fuente
Guía de Protocolo Diplomático.
Artículo.
La Cámara de Comercio se compondrá de miembros, que serán elegidos entre la lista de todos los inscritos.
Toda elección se hará por mayoría de votos.
Artículo.
Los miembros elegidos para formar la Cámara de Comercio nombrarán después por mayoría la Junta de Gobierno.
Estos nombramientos se harán por escrutinio secreto.
Artículo.
El cargo de miembro de la Cámara de Comercio durará ...... años, siendo sus individuos reelegibles. Las renovaciones se harán por terceras partes, designándose por medio de sorteo los que han de salir por vez primera.
Artículo.
El cargo de miembro de la Cámara es gratuito.
Artículo.
Toda resolución de la Cámara se tomará por mayoría de votos.
Para que las deliberaciones sean válidas, será preciso que se hallen presentes la mitad más uno de los miembros que la componen: en caso de empate, decidirá el voto del Presidente.
Artículo.
La Cámara de Comercio formará su propio reglamento interior. En él se designará la manera de renovar los cargos de la Junta.
Artículo.
Todo miembro dimisionario será reemplazado en la primera reunión de la Cámara; pero este nombramiento se entenderá como de carácter temporal hasta la reunión de una Asamblea general.
La falta de asistencia durante meses a las secciones de la Cámara se considera como dimisión del cargo, procediéndose a su reemplazo.
Artículo.
Los individuos que pertenezcan a una misma Sociedad o razón social, no podrán formar parte simultáneamente de la Cámara de Comercio. Si fuesen nombrados varios, se entenderá que el que haya obtenido mayor número de votos es el único elegido.
Artículo.
El Cónsul de España en la localidad, y en su caso el Ministro de España, será Presidente honorario de la Cámara de Comercio.
- Memorandum. Instalación de las Cámaras de Comercio en el extranjero. I.
- Memorandum. Instalación de las Cámaras de Comercio en el extranjero. II.
- Memorandum. Instalación de las Cámaras de Comercio en el extranjero. III.
- Memorandum. Instalación de las Cámaras de Comercio en el extranjero. IV.
- Memorandum. Instalación de las Cámaras de Comercio en el extranjero. V.
- Memorandum. Instalación de las Cámaras de Comercio en el extranjero. VI.
Alta el
15/06/2011
Modificado el
17/06/2011
Contenido ID
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