Sección de Comercio.
Ministerio de Estado. Sección de Comercio. Negocios mercantiles y tráfico internacional.
SECCIÓN DE COMERCIO.
"L'histoire du commerce est celle de la communication des peuples". (MONTESQUIEU.)
La Sección de Comercio del Ministerio de Estado entiende en todo lo que se refiere a negocios mercantiles, tráfico internacional y en cuanto concierne a la industria, con relación al extranjero.
Debe preparar y redactar los Tratados y Convenios de Comercio, Navegación, Pesca, Sanidad, Beneficencia, Correos, Telégrafos y Consulados.
Interviene en los nombramientos de los Cónsules extranjeros en España para la expedición del correspondiente exequátur, y en todo lo que se contrae al ejercicio de la jurisdicción consular, tanto en materia civil y comercial, como en lo criminal y en los demás derechos y atribuciones de los Cónsules.
Tiene que informar acerca de las disposiciones generales que se adopten en materia de Aduanas y del Comercio en general, por los demás Ministerios, así como sobre las Exposiciones Universales, bien sean de Artes o de Industria.
Debe revisar y publicar las Memorias que envían los Cónsules de España, y cuidar de la formación de los datos estadísticos que afectan a la navegación y al desarrollo del tráfico internacional; y en general, a todo lo que es referente a los Ministerios de Hacienda y de Gobernación o de sus respectivas dependencias.
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Asuntos Judiciales en los que interviene el Negociado.
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Resolución suprema fijando el modo de recibir las declaraciones jurídicas de los Cónsules generales, Cónsules y Vice-Cónsules.
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Real Orden pidiendo a la Secretaria de las Órdenes unas insignias para canjes o para súbditos extranjeros.
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Establecimiento de Consulados y el nombramiento de Cónsules.
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Terminada la recepción, se forma el circulo diplomático, y S.M. dirige la palabra a los individuos del Cuerpo Diplomático extranjero, hablando con cada uno en particular breves momentos.
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El estilo Diplomático debe ser liso, llano, sumamente cortés y alejado de las exageraciones y la retórica.
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Por orden alfabético. Registro de condecoraciones.
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Formulario abreviado de Cartas Reales.
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Ninguna ni algunas personas puedan poner ni pongan coroneles en los dichos sellos ni reposteros, ni en otra parte alguna donde hubiese armas, excepto los Duques, Marqueses y Condes.
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Formulario abreviado de Cartas Reales.
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Pagos satisfechos al Cuerpo Diplomático por la Sección de Administración y Contabilidad.
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Etiqueta de la Corte Imperial Rusa en el ámbito diplomático.