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El Rey y las Fuerzas Armadas. Jefe del Estado. Mando del Ejército. Honores

El papel del Rey en las Fuerzas Armadas. Mando supremo del ejército y honores debidos

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El Rey como jefe del Estado y mando supremo de las Fuerzas Armadas
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El Rey como jefe del Estado y mando supremo de las Fuerzas Armadas

El Rey: Jefe de Estado

Tal y como se indica en la Constitución el Rey es el Jefe del Estado y como tal asume la representación del Estado Español en las relaciones internacionales, así como representa el símbolo de unidad y permanencia. Por este motivo, Su Majestad el Rey, es el mando supremo de nuestras Fuerzas Armadas, el cual tiene otras funciones que vienen reflejadas en el Artículo 62 de nuestra Constitución.

El Rey: Mando del Ejército

A la muerte de Franco (Francisco Franco Bahamonde, 1892-Ferrol, 1975-Madrid), Don Juan Carlos, aún Príncipe de España, asumió los siguientes mandos:

- Capitán General de los tres Ejércitos de Tierra, Mar y Aire, con todos los honores, privilegios y prerrogativas que tal cargo le otorgaba. Se le otorgó con anterioridad a su proclamación como Rey de España, por el Decreto Ley 16/75, de fecha 20 de Noviembre del año 1975.

El Rey: Honores al cargo

Aunque le dedicaremos el capítulo especial de Honores a la Corona, con un apartado específico de Honores Militares, el Reglamento de Honores Militares de las Fuerzas Armadas, establece que a parte del Rey, se deben rendir Honores de Ordenanza en actos o ceremonias oficiales a:

1. S.M. el Rey y S.M. la Reina.

2. S.A.R. el Príncipe de Asturias.

3. SS.AA.RR. los Infantes de España.

Reglamento de Honores Militares

El Reglamento de Honores Militares de las Fuerzas Armadas, es el que determina en que ocasiones se rinden tales Honores, a quienes se rinden estos Honores, como se rinden; también se contemplan los Honores Fúnebres, en caso del fallecimiento de alguna de las personas de la Familia Real con derecho a tales Honores, no entrando en conflicto con las normas que dicte el Gobierno a tales fines, ya que puede regular una serie de medidas adicionales o de nueva creación.

 

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